Septiembre 9, 2024
Taller
Correcta estructura de la sentencia de la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia
Emily Mancebo Cristal Fernández
Junio 13, 2024
Los planos de la sentencia
Los planos de la sentencia
Fáctico Normativo Lógico Axiológico Lingüístico
PLANO FÁCTICO
El resumen de los fundamentos de las partes.
La determinación de los hechos. La fecha en que se presentaron u
ocurrieron, señalando los eventos de mayor trascendencia.
Clasificación de los documentos y determinación de los hechos que
se tendrán por probados, tomando en consideración los diversos
medios de prueba y su jerarquía.
Es aquel que
analiza los
hechos para
deducir las
consecuencias
jurídicas de
lugar
En la relación fáctica se incluye:
PLANO FÁCTICO
3 Fijación de los
hechos sobre los
cuales se centrará el
juicio
1
Presentación
de los
hechos
PLANO FÁCTICO. EJEMPLOS
PLANO NORMATIVO O REGULATORIO
Consiste en la
determinación de
las normas del
ordenamiento
jurídico que
rigen y son
aplicables al caso
a examinar
Con
stit
uci
ón
Leyes
Reglamentos
Sentencias
PLANO NORMATIVO O REGULATORIO
¿Dónde está la regla de derecho
que me permitirá resolver?
Elección
de la
norma
Fijación
de la
norma
PLANO NORMATIVO. EJEMPLOS
PLANO LÓGICO
Concierne al
correcto
razonamiento a
la hora de
interpretar y
aplicar la norma
jurídica
Verdad de
hecho Verdad de
derecho
Plano lógico
Premisa
mayor
Premisa
menor
Decisión
judicial
SILOGISMO
PLANO LÓGICO. EJEMPLOS
P1: Para trabar válidamente un ER es necesario
poseer un título auténtico o bajo firma privada,
que contenga un crédito cierto y líquido.
P2: La sentencia núm. 336-2021-SSEN-00064, que
condenó a Edenorte a pagar US$2,105,882.00, a
SEISA, S.R.L., es un título auténtico, con un crédito
cierto y líquido.
Conclusión: SEISA, S.R.L. puede válidamente
embargar retentivamente a Edenorte por contar
con un título auténtico.
PLANO LINGUÍSTICO
Se refiere al uso correcto del lenguaje a fin de que la
sentencia sea bien comunicada
El uso incorrecto del lenguaje puede conducir a una
sentencia que, en cuanto a su actividad comunicativa, sea
ineficaz o ineficiente
Plano linguístico
Plano linguístico
El juez debe comunicar en un lenguaje lo más universal posible,
buscando la sintonía con los diversos auditorios.
El lenguaje jurídico es un lenguaje de especialidad, que posee
terminologías propias.
Pero, no por ser un lenguaje de especialidad puede funcionar por
fuera de las normas generales del lenguaje y desconectado del
contexto normativo y de sus posibles destinatarios.
Plano linguístico
Optar por un texto
• Extenso
• Opaco
• Ambiguo
• Claro
• Sencillo
• Con una estructura y
sintaxis más amigable
para el lector
El Proceso de comunicación
escrita es diferido
Plano linguístico
Consejos para una redacción bien comunicada:
• Identifique cuál es el problema central del caso.
• Analice por completo el problema antes de pasar a resolverlo.
• Analice todas las posibles soluciones, argumentando a favor y en contra de cada una.
• Desarrolle sus argumentos de uno en uno, un párrafo por argumento, un argumento por párrafo.
• Use un lenguaje claro y específico.
• Use las palabras apropiadas que expresen la idea que desea trasmitir.
Plano linguístico
• Emplear las palabras de forma tal que se pueda aprovechar de ellas su fuerza o carga significativa.
En ese sentido, el estilo judicial debe ser intenso, mayor información con menos palabras.
• Preferir siempre el lenguaje jurídico.
• Exponer las declaraciones de las partes y testigos, los informes de los peritos, así como las
argumentaciones de los abogados, de forma que los argumentos de estos no se confundan con los
utilizados por la Corte de Casación para la estructuración de la sentencia.
• Evite párrafos “sábana” o “chorizo” porque generan confusión al momento de tratar de entender
dónde termina un argumento y dónde empieza el siguiente.
• Uso de frases breves y puntos. Mientras la frase sea más extensa, se entenderá con más dificultad.
Plano axiológico
Constituye la expresión de la fuerza de la decisión del Juez/Jueza dentro del ordenamiento
jurídico. La vigencia y actualidad de la norma interpretada expresa un valor social que él o la
Jueza deben obtener observando correctamente los 4 planos anteriores a través de los cuales
deben transparentarse los verdaderos valores y la conducta deseable en una sociedad.
Cuando el juez dicta una sentencia incluye valoraciones o estimaciones, lo que constituye un
juicio axiológico. Con ello no se quiere significar que tales valoraciones o estimaciones sean la
proyección del criterio personal del juez, sino que emplea como criterios valoradores
precisamente las pautas axiológicas consagradas en el orden jurídico positivo y trata de
interpretar esos cánones establecidos en el orden vigente poniéndolos en relación con las
situaciones concretas de hecho que se le plantean.
Plano axiológico
1. .
Determinar si la norma a aplicar pertenece y está
vigente en el ordenamiento jurídico.
Interpretar la norma a aplicar a los hechos.
Determinar los hechos sobre los cuales se
condicione el derecho.
Integrar los hechos con el derecho.
Decidir por medio del silogismo, las
consecuencias jurídicas de la aplicación de las
normas con los hechos
El plano axiológico,
juntamente con los
demás planos,
comprende cinco
niveles
Junio 13, 2024
Elementos de la sentencia
Elementos de la sentencia
Introductiva
Expositiva
Motivacional
Dispositiva
Arts. 141 del
Código de
Procedimiento
Civil y 41 de la
Ley 2-23
Junio 13, 2024
Parte introductiva
Parte introductiva. Artículo 41 de la Ley 2-23:
1) La indicación de que se dicta “En nombre de la República”.
2) La indicación del juez ponente, salvo que, por disposición excepcional del pleno de la sala, a
unanimidad, se disponga lo contrario.
3) La numeración única de la sentencia de la Corte de Casación, que haga constar la sala que la dicta,
el año y un número secuencial.
4) La indicación de la sala que dicta la sentencia; los nombres y apellidos de los jueces que dictan el
fallo; la fecha del fallo; y la indicación de si se dicta por unanimidad o por mayoría de votos, así
como si contiene votos disidentes o salvados.
5) Los nombres y apellidos de las partes, así como de sus respectivos abogados, sin describir sus
datos personales ni domicilios, sean personas físicas o morales, los cuales solo constarán en el
expediente. Para proteger estos datos, cuando la corte esté transcribiendo otro documento que
mencione los datos personales de cualquier persona, sea parte o no, los omitirá. Cuando se trate
de menores de edad al momento de dictar la decisión, se sustituirán los nombres y apellidos por
las iniciales precedidas de la expresión “menor de edad”.
6) La transcripción del dispositivo de la sentencia impugnada.
Parte introductiva
Encabezado
Art. 41,
numerales
2 y 3, de la
Ley 2-23
Reglamento núm.
282, d/f 25-2-1998.
amparado en la
Resolución del
Congreso Nacional
núm. 4601 d/f 5-6-
1905
Logotipo 30 pts.
Tipografía:
Baskerville. Color
negro. Centralizado
Parte introductiva
146 del CPC y 41
numeral 1 Ley 2-23
141 del CPC y 41
numeral 4 Ley 2-23
141 del CPC y 41
numeral 5 Ley 2-23
41 numeral 6 Ley 2-23
Tipografía:
Book
Antigua
No. 12
Parte introductiva
2024 1844 1 181
Independencia
Restauración
2024 1863 1 162
C
A
L
C
U
L
O
Parte introductiva
• Algunas cuestiones a tener en cuenta en la parte introductiva:
• En el encabezado, utilizar el mismo tamaño de letra.
• En cuanto al número de expediente, especificar el tipo de solicitud que se está decidiendo, si aplica.
• En cuanto a la materia, colocar entre paréntesis el tipo específico que se dilucida, cuando aplique.
Ejemplo: Referimiento (Suspensión de mandamiento de pago) (levantamiento de embargo retentivo).
Reparación de daños y perjuicios (atropello) (colisión).
• Al momento de colocar la decisión emplear la modalidad: CASA con supresión y sin envío. CASA con
envío; CASA parcialmente; Rechaza; Rechaza con sustitución de motivos. Inadmisible por el monto;
Inadmisible por indivisible.
• En cuanto a las partes involucradas no se copian sus datos personales, ni sus domicilios, sean estos
personas físicas o morales, lo cual va acorde con lo consagrado en el sistema de protección de datos
personales, según lo regula la Ley núm. 172-13, del 15 de diciembre de 2013.
• Cuando se trate de menores de edad al momento de dictar la decisión se sustituirán los nombres y
apellidos por las iniciales precedidas de la expresión “menor de edad”. Ejemplo: menor de edad
C.J.M.P.
Junio 13, 2024
Parte expositiva
Parte expositiva
Está integrada por el anuncio concreto que cuenta el
problema que se resolverá próximamente en el juicio.
El numeral 7 del art. 41 de la Ley 2-23 establece que la
sentencia debe contener: La descripción de las actuaciones
relevantes del proceso de casación.
Su función es indicar que un asunto ya ha sido
suficientemente deliberado y, por lo tanto, solo faltará la
resolución final.
Parte expositiva
41 numeral 7 Ley 2-23
Junio 13, 2024
Parte motivacional
Art. 41, LEY 2-23
8) La enunciación del objeto de la demanda y lo decidido en el
transcurso del proceso.
9) Un resumen mediante transcripción o parafraseo de las
motivaciones de la sentencia impugnada que sean
reprochadas en casación.
10) La presentación y respuesta a los medios de casación, en la
forma y orden que estime el juez ponente, siempre respetando
las reglas establecidas en esta ley y la obligación de motivación
de la decisión.
11) Enunciará los textos legales examinados y aplicados.
RELACIÓN FÁCTICA
Precisión Brevedad
Concreció
n
ORDEN GENERAL
-
Cuestiones perentorias
.
Presentación medios de casación
.
Desarrollo y respuesta de los medios de
casación
CUESTIONES PERENTORIAS
Incidencias
procesales
Medios de
inadmisión
Excepciones
Mentimeter for PowerPoint
ACUERDO DE PLENO NO JURISDICCIONAL (2.1 Y
2.2)
• Examen de competencia
• Examen de los presupuestos de admisibilidad del o de los recursos
• Apoderamiento
• Legitimación para recurrir
• Plazo para recurrir
• Sentencia impugnada
• Cuantía
• Violación a la prohibición de recursos sucesivos
• Violación al principio de indivisibilidad
• Existencia de recurso incidental previo, entre otros
• Interés casacional
Incidencias procesales y excepciones
relacionadas con el recurso
EJEMPLOS
EJEMPLOS
Septiembre 16, 2024
Taller
Correcta estructura de la sentencia de la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia
Emily Mancebo Cristal Fernández
ORDEN DE LOS PEDIMENTOS INCIDENTALES
Caducidad
Inadmisibilidad
CASOS EN QUE CONVERGEN INFRACCIONES PROCESALES E IC
OBJETIVO
ORGANIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE CASACIÓN
Correcta estructuración
de la sentencia
Resum
ir
Dividir
Reunir
ORGANIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE CASACIÓN
Identificación y
clasificación de
argumentos
Determinación
de respuesta
Determinación
de orden de
respuesta
ORGANIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE CASACIÓN
Reunir
Misma
argumentación
Dividir
Distinta
argumentación
RESUMIR
ORGANIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE CASACIÓN
Omitir argumentos Interpretar
Transcribir
Resumir no
es
ORGANIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE CASACIÓN
¿Finalidad?
ORGANIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE CASACIÓN
TÉCNICAS PARA HACER UN BUEN RESUMEN DE LOS MEDIOS
LEER EL MEMORIAL DE CASACIÓN CUANTAS VECES SEA NECESARIO
CLASIFICAR LOS MEDIOS DE CASACIÓN PARA DETERMINAR SU REUNIÓN O DIVISIÓN POR ASPECTOS
AGRUPAR LAS IDEAS RELACIONADAS Y TRANSCRIBIR, EVITANDO REPETICIONES
UTILIZAR CONECTORES PARA RELACIONAR LAS IDEAS QUE HAN SIDO SEPARADAS POR LAS PARTES
Brevedad
Uso de
conectores
DETERMINACIÓN DEL PUNTO DISCUTIDO
• Análisis de sentencia
DETERMINACIÓN DEL PUNTO DISCUTIDO
• Análisis de sentencia
• ¿Cuál es la pregunta?
En lo que se refiere al artículo 155,
inciso e) de la Ley núm. 189-11, sobre
Desarrollo de Mercado Hipotecario y
Fideicomiso, ¿en el pliego de
condiciones debe hacerse mención de
la Certificación de existencia (o no) de
gravámenes, o basta con el simple
detalle de estas cargas?
TIPOS DE RAZONAMIENTO
Inductivo
Abductivo
Deductivo
RAZONAMIENTO DEDUCTIVO
Premisas
verdaderas
Conclusión
verdadera
PARTE MOTIVACIONAL
• Verificaciones
necesarias
Costa
s y
base
legal
Junio 13, 2024
Parte dispositiva
Art. 41, LEY 2-23
12) En el dispositivo resolverá sobre el recurso y dispondrá sobre las
costas procesales. En los casos en que la Corte de Casación decida dictar
sentencia directa resolverá además sobre el fondo.
13) La sentencia contendrá las firmas manuscritas, digitales o
electrónicas de todos los jueces que participaron en la deliberación del
asunto, aunque tengan votos particulares, y del secretario general de la
Suprema Corte de Justicia.
14) Si hubieren votos salvados o disidentes serán colocados a
continuación de la firma de la sentencia, de la cual formara parte y sin el
que no se podrá expedir copia de ella. Los jueces que emiten el voto
particular deberán firmarlo también.
Art. 41, LEY 2-23
Defecto de la parte recurrida, si aplica.
Decisión sobre el recurso: ACOGE, RECHAZA, CADUCO, INADMISIBLE
Las costas procesales: COMPENSA, CONDENA
¿Qué incluir en el
dispositivo?
PARTE DISPOSITIVA
LEY 339-22
Artículo 12.- Utilización de la firma digital o firma electrónica
cualificada. Los jueces, secretarios, servidores judiciales y
oficiales de la justicia de los tribunales y los órganos
administrativos del Poder Judicial tendrán la alternativa de
utilizar la firma digital o electrónica cualificada para rubricar las
sentencias, resoluciones, autos y cualquier otro documento
vinculado a un proceso jurisdiccional o administrativo.
LEY 339-22
Artículo 13.- Validez y fuerza probatoria de las firmas
digitales. Los documentos firmados al amparo de la presente
ley tendrán equivalencia de validez, autenticidad, fuerza
probatoria y liberatoria, en los mismos términos que se
establecen para los documentos producidos de forma manual,
al amparo del Código Civil y el Código de Procedimiento Civil
previo a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.
Aplicación práctica
Reconstrucción del caso: SCJ-PS-23-2632, del 27/11/2023
La acreedora obtuvo autorización para trabar medidas conservatorias e
inscribir hipoteca judicial provisional sobre un inmueble propiedad de la
deudora, que en efecto practicó. Luego, demandó al fondo en “resiliación
de contrato, restitución de valores, reparación de daños y perjuicios y
validez de embargo retentivo”.
PG: Declara la nulidad del AID.
CA: Acoge el recurso, revoca la sentencia apelada y, en cuanto al fondo,
condena a la deudora al pago de una suma de dinero y de los intereses,
valida el embargo retentivo y ordena a los terceros entregar las sumas.
La deudora recurre en casación el 14/4/2023.
Emplaza a la recurrida, la cual, en fecha 2/5/2023, produce su memorial
de defensa, en el que plantea varios pedimentos incidentales: 1) nulidad
del acto de emplazamiento; 2) inadmisibilidad del recurso por
extemporáneo; y e) inadmisibilidad del recurso por ausencia de interés
casacional.
El 12/5/2023, la parte recurrente produce un escrito
justificativo de conclusiones.
EL 7/6/2023, la parte recurrida produce un escrito justificativo
de conclusiones.
El 26/6/2023, un tercero presenta un recurso de “tercería
incidental” en casación contra la misma sentencia impugnada.
Los recurridos en tercería depositan sus escritos al respecto,
solicitando, la parte recurrente que se acoja y la recurrida
medios de inadmisión, los que la parte recurrente en tercería
solicitó rechazar.
El 3/7/2023, la recurrente en tercería solicita la fusión entre los
enunciados recursos de tercería y casación.
Aplicación práctica
SI
RC
Nulidad
emplazamiento
Inadmisibilidad: a) por
extemporáneo; y b)
por ausencia de IC
RT
Pedimentos
incidentales
planteados por la
recurrida en tercería.
Fusión
Aplicación práctica
1
Aplicación práctica
2
2.1
2.2
2.2.a
Aplicación práctica
2.2.b 2.3
Aplicación práctica
3
Septiembre 9, 2024
Emily Mancebo Cristal Fernández
¡Muchas gracias!

ANC-FIGC-023-24-01 Estructuración de Sentencias - Programa Abogados(as) Ayudantes 1era Sala SCJ

  • 1.
    Septiembre 9, 2024 Taller Correctaestructura de la sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia Emily Mancebo Cristal Fernández
  • 2.
    Junio 13, 2024 Losplanos de la sentencia
  • 3.
    Los planos dela sentencia Fáctico Normativo Lógico Axiológico Lingüístico
  • 4.
    PLANO FÁCTICO El resumende los fundamentos de las partes. La determinación de los hechos. La fecha en que se presentaron u ocurrieron, señalando los eventos de mayor trascendencia. Clasificación de los documentos y determinación de los hechos que se tendrán por probados, tomando en consideración los diversos medios de prueba y su jerarquía. Es aquel que analiza los hechos para deducir las consecuencias jurídicas de lugar En la relación fáctica se incluye:
  • 5.
    PLANO FÁCTICO 3 Fijaciónde los hechos sobre los cuales se centrará el juicio 1 Presentación de los hechos
  • 6.
  • 7.
    PLANO NORMATIVO OREGULATORIO Consiste en la determinación de las normas del ordenamiento jurídico que rigen y son aplicables al caso a examinar Con stit uci ón Leyes Reglamentos Sentencias
  • 8.
    PLANO NORMATIVO OREGULATORIO ¿Dónde está la regla de derecho que me permitirá resolver? Elección de la norma Fijación de la norma
  • 9.
  • 10.
    PLANO LÓGICO Concierne al correcto razonamientoa la hora de interpretar y aplicar la norma jurídica Verdad de hecho Verdad de derecho
  • 11.
  • 12.
    PLANO LÓGICO. EJEMPLOS P1:Para trabar válidamente un ER es necesario poseer un título auténtico o bajo firma privada, que contenga un crédito cierto y líquido. P2: La sentencia núm. 336-2021-SSEN-00064, que condenó a Edenorte a pagar US$2,105,882.00, a SEISA, S.R.L., es un título auténtico, con un crédito cierto y líquido. Conclusión: SEISA, S.R.L. puede válidamente embargar retentivamente a Edenorte por contar con un título auténtico.
  • 13.
    PLANO LINGUÍSTICO Se refiereal uso correcto del lenguaje a fin de que la sentencia sea bien comunicada El uso incorrecto del lenguaje puede conducir a una sentencia que, en cuanto a su actividad comunicativa, sea ineficaz o ineficiente
  • 14.
  • 15.
    Plano linguístico El juezdebe comunicar en un lenguaje lo más universal posible, buscando la sintonía con los diversos auditorios. El lenguaje jurídico es un lenguaje de especialidad, que posee terminologías propias. Pero, no por ser un lenguaje de especialidad puede funcionar por fuera de las normas generales del lenguaje y desconectado del contexto normativo y de sus posibles destinatarios.
  • 16.
    Plano linguístico Optar porun texto • Extenso • Opaco • Ambiguo • Claro • Sencillo • Con una estructura y sintaxis más amigable para el lector El Proceso de comunicación escrita es diferido
  • 17.
    Plano linguístico Consejos parauna redacción bien comunicada: • Identifique cuál es el problema central del caso. • Analice por completo el problema antes de pasar a resolverlo. • Analice todas las posibles soluciones, argumentando a favor y en contra de cada una. • Desarrolle sus argumentos de uno en uno, un párrafo por argumento, un argumento por párrafo. • Use un lenguaje claro y específico. • Use las palabras apropiadas que expresen la idea que desea trasmitir.
  • 18.
    Plano linguístico • Emplearlas palabras de forma tal que se pueda aprovechar de ellas su fuerza o carga significativa. En ese sentido, el estilo judicial debe ser intenso, mayor información con menos palabras. • Preferir siempre el lenguaje jurídico. • Exponer las declaraciones de las partes y testigos, los informes de los peritos, así como las argumentaciones de los abogados, de forma que los argumentos de estos no se confundan con los utilizados por la Corte de Casación para la estructuración de la sentencia. • Evite párrafos “sábana” o “chorizo” porque generan confusión al momento de tratar de entender dónde termina un argumento y dónde empieza el siguiente. • Uso de frases breves y puntos. Mientras la frase sea más extensa, se entenderá con más dificultad.
  • 19.
    Plano axiológico Constituye laexpresión de la fuerza de la decisión del Juez/Jueza dentro del ordenamiento jurídico. La vigencia y actualidad de la norma interpretada expresa un valor social que él o la Jueza deben obtener observando correctamente los 4 planos anteriores a través de los cuales deben transparentarse los verdaderos valores y la conducta deseable en una sociedad. Cuando el juez dicta una sentencia incluye valoraciones o estimaciones, lo que constituye un juicio axiológico. Con ello no se quiere significar que tales valoraciones o estimaciones sean la proyección del criterio personal del juez, sino que emplea como criterios valoradores precisamente las pautas axiológicas consagradas en el orden jurídico positivo y trata de interpretar esos cánones establecidos en el orden vigente poniéndolos en relación con las situaciones concretas de hecho que se le plantean.
  • 20.
    Plano axiológico 1. . Determinarsi la norma a aplicar pertenece y está vigente en el ordenamiento jurídico. Interpretar la norma a aplicar a los hechos. Determinar los hechos sobre los cuales se condicione el derecho. Integrar los hechos con el derecho. Decidir por medio del silogismo, las consecuencias jurídicas de la aplicación de las normas con los hechos El plano axiológico, juntamente con los demás planos, comprende cinco niveles
  • 21.
    Junio 13, 2024 Elementosde la sentencia
  • 22.
    Elementos de lasentencia Introductiva Expositiva Motivacional Dispositiva Arts. 141 del Código de Procedimiento Civil y 41 de la Ley 2-23
  • 23.
  • 24.
    Parte introductiva. Artículo41 de la Ley 2-23: 1) La indicación de que se dicta “En nombre de la República”. 2) La indicación del juez ponente, salvo que, por disposición excepcional del pleno de la sala, a unanimidad, se disponga lo contrario. 3) La numeración única de la sentencia de la Corte de Casación, que haga constar la sala que la dicta, el año y un número secuencial. 4) La indicación de la sala que dicta la sentencia; los nombres y apellidos de los jueces que dictan el fallo; la fecha del fallo; y la indicación de si se dicta por unanimidad o por mayoría de votos, así como si contiene votos disidentes o salvados. 5) Los nombres y apellidos de las partes, así como de sus respectivos abogados, sin describir sus datos personales ni domicilios, sean personas físicas o morales, los cuales solo constarán en el expediente. Para proteger estos datos, cuando la corte esté transcribiendo otro documento que mencione los datos personales de cualquier persona, sea parte o no, los omitirá. Cuando se trate de menores de edad al momento de dictar la decisión, se sustituirán los nombres y apellidos por las iniciales precedidas de la expresión “menor de edad”. 6) La transcripción del dispositivo de la sentencia impugnada.
  • 25.
    Parte introductiva Encabezado Art. 41, numerales 2y 3, de la Ley 2-23 Reglamento núm. 282, d/f 25-2-1998. amparado en la Resolución del Congreso Nacional núm. 4601 d/f 5-6- 1905 Logotipo 30 pts. Tipografía: Baskerville. Color negro. Centralizado
  • 26.
    Parte introductiva 146 delCPC y 41 numeral 1 Ley 2-23 141 del CPC y 41 numeral 4 Ley 2-23 141 del CPC y 41 numeral 5 Ley 2-23 41 numeral 6 Ley 2-23 Tipografía: Book Antigua No. 12
  • 27.
    Parte introductiva 2024 18441 181 Independencia Restauración 2024 1863 1 162 C A L C U L O
  • 28.
    Parte introductiva • Algunascuestiones a tener en cuenta en la parte introductiva: • En el encabezado, utilizar el mismo tamaño de letra. • En cuanto al número de expediente, especificar el tipo de solicitud que se está decidiendo, si aplica. • En cuanto a la materia, colocar entre paréntesis el tipo específico que se dilucida, cuando aplique. Ejemplo: Referimiento (Suspensión de mandamiento de pago) (levantamiento de embargo retentivo). Reparación de daños y perjuicios (atropello) (colisión). • Al momento de colocar la decisión emplear la modalidad: CASA con supresión y sin envío. CASA con envío; CASA parcialmente; Rechaza; Rechaza con sustitución de motivos. Inadmisible por el monto; Inadmisible por indivisible. • En cuanto a las partes involucradas no se copian sus datos personales, ni sus domicilios, sean estos personas físicas o morales, lo cual va acorde con lo consagrado en el sistema de protección de datos personales, según lo regula la Ley núm. 172-13, del 15 de diciembre de 2013. • Cuando se trate de menores de edad al momento de dictar la decisión se sustituirán los nombres y apellidos por las iniciales precedidas de la expresión “menor de edad”. Ejemplo: menor de edad C.J.M.P.
  • 29.
  • 30.
    Parte expositiva Está integradapor el anuncio concreto que cuenta el problema que se resolverá próximamente en el juicio. El numeral 7 del art. 41 de la Ley 2-23 establece que la sentencia debe contener: La descripción de las actuaciones relevantes del proceso de casación. Su función es indicar que un asunto ya ha sido suficientemente deliberado y, por lo tanto, solo faltará la resolución final.
  • 31.
  • 32.
  • 33.
    Art. 41, LEY2-23 8) La enunciación del objeto de la demanda y lo decidido en el transcurso del proceso. 9) Un resumen mediante transcripción o parafraseo de las motivaciones de la sentencia impugnada que sean reprochadas en casación. 10) La presentación y respuesta a los medios de casación, en la forma y orden que estime el juez ponente, siempre respetando las reglas establecidas en esta ley y la obligación de motivación de la decisión. 11) Enunciará los textos legales examinados y aplicados.
  • 34.
  • 35.
    ORDEN GENERAL - Cuestiones perentorias . Presentaciónmedios de casación . Desarrollo y respuesta de los medios de casación
  • 36.
  • 37.
  • 38.
    ACUERDO DE PLENONO JURISDICCIONAL (2.1 Y 2.2) • Examen de competencia • Examen de los presupuestos de admisibilidad del o de los recursos • Apoderamiento • Legitimación para recurrir • Plazo para recurrir • Sentencia impugnada • Cuantía • Violación a la prohibición de recursos sucesivos • Violación al principio de indivisibilidad • Existencia de recurso incidental previo, entre otros • Interés casacional Incidencias procesales y excepciones relacionadas con el recurso
  • 39.
  • 40.
  • 41.
    Septiembre 16, 2024 Taller Correctaestructura de la sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia Emily Mancebo Cristal Fernández
  • 42.
    ORDEN DE LOSPEDIMENTOS INCIDENTALES Caducidad Inadmisibilidad
  • 43.
    CASOS EN QUECONVERGEN INFRACCIONES PROCESALES E IC OBJETIVO
  • 44.
    ORGANIZACIÓN DE LOSMEDIOS DE CASACIÓN Correcta estructuración de la sentencia Resum ir Dividir Reunir
  • 45.
    ORGANIZACIÓN DE LOSMEDIOS DE CASACIÓN Identificación y clasificación de argumentos Determinación de respuesta Determinación de orden de respuesta
  • 46.
    ORGANIZACIÓN DE LOSMEDIOS DE CASACIÓN Reunir Misma argumentación Dividir Distinta argumentación RESUMIR
  • 47.
    ORGANIZACIÓN DE LOSMEDIOS DE CASACIÓN Omitir argumentos Interpretar Transcribir Resumir no es
  • 48.
    ORGANIZACIÓN DE LOSMEDIOS DE CASACIÓN ¿Finalidad?
  • 49.
    ORGANIZACIÓN DE LOSMEDIOS DE CASACIÓN TÉCNICAS PARA HACER UN BUEN RESUMEN DE LOS MEDIOS LEER EL MEMORIAL DE CASACIÓN CUANTAS VECES SEA NECESARIO CLASIFICAR LOS MEDIOS DE CASACIÓN PARA DETERMINAR SU REUNIÓN O DIVISIÓN POR ASPECTOS AGRUPAR LAS IDEAS RELACIONADAS Y TRANSCRIBIR, EVITANDO REPETICIONES UTILIZAR CONECTORES PARA RELACIONAR LAS IDEAS QUE HAN SIDO SEPARADAS POR LAS PARTES Brevedad Uso de conectores
  • 50.
    DETERMINACIÓN DEL PUNTODISCUTIDO • Análisis de sentencia
  • 51.
    DETERMINACIÓN DEL PUNTODISCUTIDO • Análisis de sentencia • ¿Cuál es la pregunta? En lo que se refiere al artículo 155, inciso e) de la Ley núm. 189-11, sobre Desarrollo de Mercado Hipotecario y Fideicomiso, ¿en el pliego de condiciones debe hacerse mención de la Certificación de existencia (o no) de gravámenes, o basta con el simple detalle de estas cargas?
  • 52.
  • 53.
  • 54.
  • 55.
  • 56.
    Art. 41, LEY2-23 12) En el dispositivo resolverá sobre el recurso y dispondrá sobre las costas procesales. En los casos en que la Corte de Casación decida dictar sentencia directa resolverá además sobre el fondo. 13) La sentencia contendrá las firmas manuscritas, digitales o electrónicas de todos los jueces que participaron en la deliberación del asunto, aunque tengan votos particulares, y del secretario general de la Suprema Corte de Justicia. 14) Si hubieren votos salvados o disidentes serán colocados a continuación de la firma de la sentencia, de la cual formara parte y sin el que no se podrá expedir copia de ella. Los jueces que emiten el voto particular deberán firmarlo también.
  • 57.
    Art. 41, LEY2-23 Defecto de la parte recurrida, si aplica. Decisión sobre el recurso: ACOGE, RECHAZA, CADUCO, INADMISIBLE Las costas procesales: COMPENSA, CONDENA ¿Qué incluir en el dispositivo?
  • 58.
  • 59.
    LEY 339-22 Artículo 12.-Utilización de la firma digital o firma electrónica cualificada. Los jueces, secretarios, servidores judiciales y oficiales de la justicia de los tribunales y los órganos administrativos del Poder Judicial tendrán la alternativa de utilizar la firma digital o electrónica cualificada para rubricar las sentencias, resoluciones, autos y cualquier otro documento vinculado a un proceso jurisdiccional o administrativo.
  • 60.
    LEY 339-22 Artículo 13.-Validez y fuerza probatoria de las firmas digitales. Los documentos firmados al amparo de la presente ley tendrán equivalencia de validez, autenticidad, fuerza probatoria y liberatoria, en los mismos términos que se establecen para los documentos producidos de forma manual, al amparo del Código Civil y el Código de Procedimiento Civil previo a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.
  • 61.
    Aplicación práctica Reconstrucción delcaso: SCJ-PS-23-2632, del 27/11/2023 La acreedora obtuvo autorización para trabar medidas conservatorias e inscribir hipoteca judicial provisional sobre un inmueble propiedad de la deudora, que en efecto practicó. Luego, demandó al fondo en “resiliación de contrato, restitución de valores, reparación de daños y perjuicios y validez de embargo retentivo”. PG: Declara la nulidad del AID. CA: Acoge el recurso, revoca la sentencia apelada y, en cuanto al fondo, condena a la deudora al pago de una suma de dinero y de los intereses, valida el embargo retentivo y ordena a los terceros entregar las sumas. La deudora recurre en casación el 14/4/2023. Emplaza a la recurrida, la cual, en fecha 2/5/2023, produce su memorial de defensa, en el que plantea varios pedimentos incidentales: 1) nulidad del acto de emplazamiento; 2) inadmisibilidad del recurso por extemporáneo; y e) inadmisibilidad del recurso por ausencia de interés casacional. El 12/5/2023, la parte recurrente produce un escrito justificativo de conclusiones. EL 7/6/2023, la parte recurrida produce un escrito justificativo de conclusiones. El 26/6/2023, un tercero presenta un recurso de “tercería incidental” en casación contra la misma sentencia impugnada. Los recurridos en tercería depositan sus escritos al respecto, solicitando, la parte recurrente que se acoja y la recurrida medios de inadmisión, los que la parte recurrente en tercería solicitó rechazar. El 3/7/2023, la recurrente en tercería solicita la fusión entre los enunciados recursos de tercería y casación.
  • 62.
    Aplicación práctica SI RC Nulidad emplazamiento Inadmisibilidad: a)por extemporáneo; y b) por ausencia de IC RT Pedimentos incidentales planteados por la recurrida en tercería. Fusión
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    Septiembre 9, 2024 EmilyMancebo Cristal Fernández ¡Muchas gracias!