CÓDIGO ORGÁNICO
INTEGRAL PENAL
EJECUCIÓN DE LA INFRACCIÓN
• Artículo 39.- Tentativa.- Tentativa es la ejecución que no logra consumarse o
cuyo resultado no llega a verificarse por circunstancias ajenas a la voluntad
del autor, a pesar de que de manera dolosa inicie la ejecución del tipo
penal mediante actos idóneos conducentes de modo inequívoco a la
realización de un delito. En este caso, la persona responderá por tentativa y
la pena aplicable será de uno a dos tercios de la que le correspondería si el
delito se habría consumado. Las contravenciones solamente son punibles
cuando se consuman.
INTERPRETACIÓN
• Diremos que existe tentativa cuando el sujeto que resuelve cometer un
delito, inicia la ejecución de actos idóneos que ponen en riesgo el bien
jurídico protegido, pero que sin embargo, el resultado no se verifica por
circunstancias ajenas a la voluntad del autor. La tentativa es una extensión
de la tipicidad y no un tipo penal independiente, por tanto no la
encontramos en la parte especial de los delitos) sino en la parte general del
derecho penal.
Ejecucion de la infraccion

Ejecucion de la infraccion

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    EJECUCIÓN DE LAINFRACCIÓN • Artículo 39.- Tentativa.- Tentativa es la ejecución que no logra consumarse o cuyo resultado no llega a verificarse por circunstancias ajenas a la voluntad del autor, a pesar de que de manera dolosa inicie la ejecución del tipo penal mediante actos idóneos conducentes de modo inequívoco a la realización de un delito. En este caso, la persona responderá por tentativa y la pena aplicable será de uno a dos tercios de la que le correspondería si el delito se habría consumado. Las contravenciones solamente son punibles cuando se consuman.
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    INTERPRETACIÓN • Diremos queexiste tentativa cuando el sujeto que resuelve cometer un delito, inicia la ejecución de actos idóneos que ponen en riesgo el bien jurídico protegido, pero que sin embargo, el resultado no se verifica por circunstancias ajenas a la voluntad del autor. La tentativa es una extensión de la tipicidad y no un tipo penal independiente, por tanto no la encontramos en la parte especial de los delitos) sino en la parte general del derecho penal.