Republica Bolivariana de Venezuela
Hospital General Universitario Dr. Luis Razetti
Postgrado de Anestesiología y Reanimación
Barinas, Edo. Barinas.
Ponente:
Dr. Herrera R.
Residente de 2do Año
Postgrado de Anestesiología y
Reanimación
Medicina Legal en Obstetricia
Barinas, junio del 2024
La ética médica orienta la conducta de los médicos hacia el bien, a buscar lo
correcto, lo ideal y la excelencia. La deontología médica establece qué deben
y qué no deben hacer los médicos.
El Código de Ética y Deontología contiene un conjunto de orientaciones y
preceptos cuyo cumplimiento garantiza un ejercicio profesional digno,
autónomo e integral de los miembros del Colegio Médico Venezolano, en el
marco del respeto a los derechos de los pacientes.
Forma parte de la Filosofía, la cual tiene como finalidad determinar cuál
debe ser la conducta que debe seguir el ser humano para "realizarse" o
alcanzar su propio bien
Ética Médica
"CONCIENCIA MORAL" aptitud para comprender y
distinguir lo que es bueno o malo. Esta conciencia,
como toda aptitud humana, debe actualizarse o
incentivarse en la relación social. Por esto son tan
importantes las enseñanzas que obtenemos del medio
social en que vivimos. Si no se activa y conforma con
las enseñanzas familiares y/o sociales, esta conciencia
se atrofia.
VALORES:
Los valores son principios que nos permiten orientar
orientar nuestro comportamiento en función de
realizarnos como personas. Son creencias
fundamentales que nos ayudan a preferir, apreciar y
elegir unas cosas en lugar de otras.
Los valores morales dependan de cada grupo social
humano, y son relativos a una época o a un espacio
social. Pueden variar sus valoraciones, además de
poseer una jerarquía
Los principios y los valores éticos son aspiraciones sociales y
personales. En lo concerniente a la sociedad, estas aspiraciones
máximas son la solidaridad, la libertad y la justicia, y en lo
concerniente a la persona, el respeto a la dignidad, la autonomía y
la integridad.
En el ejercicio profesional de la Medicina, estas aspiraciones se realizan
por medio de los preceptos de beneficencia ,que consiste en la
búsqueda del bien para el paciente y de no-maleficencia, que consiste
en evitar que se produzca cualquier forma de daño o lesión.
PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS DE LA MEDICINA
1. Responsabilidad. Es la necesidad de elegir teniendo presente la
consecuencia de nuestros actos. Es así como se habla de la "paternidad
responsable", cuando la misma es elegida libremente y se
tiene conciencia plena del papel que nos tocará desempeñar frente al nuevo
ser del cual somos coautores.
2. Compromiso. Implica cumplir con una "promesa" que libremente le
manifestamos a otra persona, por ejemplo a la pareja sexual, como el de
compartir con ella todo nuestro ser y no solamente nuestra sexualidad.
La promiscuidad, las relaciones sexuales ocasionales, por ejemplo, en las cuales
no nos comprometemos como personas, dejan precisamente de ser humanas
y contradicen la dignidad de la persona.
3. Respeto. Significa tener presente la libertad, la integridad, el parecer y la
dignidad de las personas que resultan de alguna manera afectadas con
nuestra conducta. Las violaciones, los acosos sexuales, el aborto, son
conductas equivocadas porque van en contra
del valor del respeto personal.
4. Dignidad. Es el aprecio a la naturaleza personal o humana. Es ser
conscientes de que debemos obrar humanamente priorizando los
valores espirituales.
5. Libertad. Es el valor primordial a cumplimentar en un acto humano, para
que sea considerado moral.
6. Sinceridad. Entre las partes de una pareja sexual es valioso que exista
una abierta y sincera comunicación, de manera que cada una de ellas
pueda conocer y respetar los sentimientos, las opiniones y las
características personales de la otra.
7. Fidelidad. Proviene del respeto, del compromiso y de la dignidad de la
persona.
DESVIACIONES ÉTICAS DE LA SEXUALIDAD
Surge de la falta de
conciencia moral ,de
la dignidad de la
persona humana
Priorizando valores
inferiores, como es
la satisfacción del
deseo personal y la
expresión de su
libertad
ABORTO
Falta de conciencia
de la dignidad de
otra persona
Ausencia de respeto
hacia la misma, por
la sola satisfacción
de un instinto
VIOLACIÓ
Carencia en la
valoración de la
dignidad personal, que
se subestima frente a
los valores económicos
PROSTITUCIÒN
SEXUAL
Proviene de una insuficiente
o nula aceptación del respeto
por el propio sexo, y de la
responsabilidad que tenemos
ante lo brindado a cada uno
por la naturaleza.
HOMOSEXUALISMO
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Se define como la conformidad de un enfermo respecto a una
modificación de su organismo mediante tratamiento médico quirúrgico,
con fin curativo, y efectuado de acuerdo con las normas de las ciencia
médicas, cuyos requisitos son: información, comprensión, voluntariedad,
voluntariedad, competencia y consentimiento; sin embargo, resulta
frecuente observar en la práctica médica actual el empleo de
procedimientos diagnósticos y terapéuticos sin cumplir con dichos
requisitos.
El consentimiento informado constituye una herramienta de extraordinario
extraordinario valor en la relación médico-paciente y se ha convertido en
un derecho de este último y en un deber de los médicos.
El CI debe ser una garantía de la autonomía moral del paciente y no un
expediente para eximir una responsabilidad jurídica.
La Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO) define
al consentimiento informado como una instancia que se obtiene con
libre albedrío, sin amenazas ni incitaciones, tras revelar
la paciente una información adecuada y comprensible y con un
lenguaje que ella entienda.
Art. 64° El médico debe relacionarse con el paciente en igualdad de condiciones
respecto de su condición humana, en forma tal que supere el paternalismo
tradicional, lo cual no implica que abdique de su competencia profesional.
Art. 65° El médico debe presentarse al paciente en condiciones de ecuanimidad
e higiene y tratarlo con lealtad, decoro, corrección, dedicación, cortesía y
oportunidad.
Art. 66° El médico debe proporcionar al paciente una atención cuidadosa,
exhaustiva, completa, tomando el tiempo necesario de acuerdo a la naturaleza
del problema clínico.
Art. 67° El médico debe indicar sólo exámenes auxiliares, tratamientos o
procedimientos que sean de utilidad específica, los cuales deben estar
debidamente sustentados. En caso de que el paciente sufriera daño por la
intervención deberá ser informado de inmediato.
RELACION MÉDICO - PACIENTE
Art. 68° El médico debe explicar al paciente sobre la naturaleza de sus
síntomas o su enfermedad, posible o probable, hasta que éste comprenda su
situación clínica, ponderando el principio del privilegio terapéutico, por el cual
el médico decide las restricciones pertinentes. En caso de incompetencia del
paciente, la información debe ser proporcionada a las personas legalmente
responsables del mismo.
Art. 69° El médico debe rechazar toda solicitud u orden para actuar en contra
de la dignidad, autonomía e integridad del paciente, sea que provenga de una
persona natural o de una persona jurídica.
Art. 70° El médico que atiende a un paciente, ante la posibilidad de un
problema clínico que requiera atención especializada, deberá referirlo a la
institución de salud o al médico especialista apropiado.
Para el efecto, debe enviar un informe clínico donde consten, con la debida
reserva, las razones de su transferencia, un resumen de su historia y la
conducta seguida por él hasta ese momento.
Art. 71° Cuando exista la posibilidad de recuperar la salud del paciente, el
médico debe emplear todos los procedimientos y tratamientos a su alcance.
No está obligado a utilizar medidas desproporcionadas en casos
irrecuperables; en este caso, debe propiciar el empleo de las medidas
paliativas que proporcionen al paciente la mejor calidad de vida posible.
Art. 72° El médico no debe propiciar el encarnizamiento terapéutico. Ha de
entenderse por tal, la adopción de medidas terapéuticas desproporcionadas
a la naturaleza del caso. El médico debe propiciar el respeto a las directivas
anticipadas del paciente en lo referente al cuidado de su vida. El médico no
debe realizar acciones cuyo objetivo directo sea la muerte de la persona.
Art. 73° El médico no debe utilizar el acto médico, o los hechos o
informaciones que conozca al ejecutarlo, como medio para obtener
beneficios en provecho propio o de terceras personas.
Art. 74° El médico, cuando el caso lo requiera, debe informarse e interesarse
por el entorno familiar del paciente, debiendo solicitarle señale quién o
quiénes son las personas responsables para contribuir y decidir acerca de su
atención.
Art. 75° Es deber del médico tratante informar al paciente que tiene derecho a
solicitar una segunda opinión si lo considera conveniente.
Art. 76° El médico tratante, si así lo considera, puede proponer al paciente la
realización de una interconsulta especializada o la convocatoria de una junta
médica para evaluar su caso. Si el paciente acepta su propuesta, el médico
quedará eximido de su obligación de reserva respecto del acto médico
realizado en todo cuanto suponga brindar a sus colegas información necesaria
para dicho fin.
Art. 77° El médico responsable que recomiende a médicos o establecimientos
de salud de su confianza para efectuar exámenes auxiliares o tratamientos
especiales, deberá explicar al paciente las razones de su preferencia y en
ningún caso tratara de imponerlos en contra de su voluntad.
Art. 78° El médico consultor debe mantener en reserva la información
relacionada con la atención del paciente que le hubiere sido proporcionada
por el médico tratante o que hubiere podido conocer con motivo de su
intervención. Él mismo no debe proponer al paciente hacerse cargo de su
atención
RELACION MEDICO – PACIENTE EN OBSTETRICIA
La atención adecuada del embarazo y la
prevención de complicaciones durante el parto,
son indudablemente los objetivos
fundamentales perseguidos por
la gestante desde las primeras etapas de su
embarazo, pero existe también la necesidad
psicológica de establecer una relación
interpersonal positiva con el equipo de salud
muy especialmente con el médico, como un
recurso para incrementar su seguridad y
garantizar el apoyo afectivo tan significativo
durante el parto.
1.- Motivo de consulta
Diferentes circunstancias pueden influir en el motivo de consulta y modificar
sustancialmente el nivel de ansiedad de la gestante.
El médico debe tener muy en cuenta que el desarrollo exitoso de sus
relaciones depende del manejo adecuado de la sensibilidad y la demanda de
afecto y apoyo implícitas en las situaciones ansiogénicas de la gestante.
2.- Estado afectivo
Una valoración esencial del estado afectivo de la gestante se deriva de la
consideración de su frecuente actitud hacia el embarazo, ya que existen
también molestias derivadas de los cambios vegetativos que este pasando.
3.- Posición de los participantes en la relación
Históricamente la gestante ha asumido, por razones determinadas
socioculturalmente, un papel totalmente pasivo en la relación con el médico,
médico, y su posición categorizable como de dependencia absoluta.
4.- Dificultades posibles en la relación con la gestante
Aunque la mayoría de los embarazos culmina exitosamente, el médico debe
debe prepararse para manejar con madurez la repercusión negativa que
sobre su relación con la gestante tienen situaciones como el aborto
habitual, la muerte fetal o los accidentes obstétricos.
5.- Comunicación
La planificación de la comunicación con la gestante debe aprovechar todas
las vías posibles para transmitir seguridad, optimismo, afecto y
disponibilidad a la relación de ayuda.
Entrenamiento para efectuar con la mayor gentileza las maniobras
exploratorias, ya que esto incrementa la seguridad de la gestante al apreciar
la preocupación de su médico por evitar producirle cualquier molestia
durante su atención.
1.- Recepción
La recepción afectuosa y respetuosa
desempeña un papel importante durante
"primera impresión" positiva, que resulta muy
importante en las relaciones interpersonales.
2.- Identificación
Durante esta etapa se recogerá la
procedencia de la gestante, su nivel
sociocultural y su ocupación, datos que
facilitarán su atención integral.
COMPORTAMIENTO MÉDICO EN CADA ETAPA DE LA
ENTREVISTA
3.- Interrogatorio
Debe efectuarse siempre manteniendo las normas éticas habituales en
nuestro sistema de salud.
 Se explorará si existen conflictos determinantes de ansiedad,
 Se investigarán las concepciones personales acerca del embarazo y el
parto.
 Finalmente, debe investigarse la actitud de la pareja hacia el futuro hijo y
sus criterios en lo referente a planificación familiar.
Examen físico debe realizarse con la mayor gentileza, teniendo en cuenta la
significación ética de respetar el pudor de la gestante y de evitar cualquier
maniobra dolorosa.
Indicaciones de exámenes complementarios serán siempre argumentadas con
el fin de disminuir la ansiedad, pues de otra forma pueden ser punto de
partida de preocupaciones
4.- Información
Desempeña un papel de primerísimo orden en la
atención de una gestante. Jamás el equipo de
salud puede pasar por alto la orientación a la
gestante.
5.- Indicaciones terapéuticas
Las prescripciones médicas deben ser siempre
argumentadas; en los casos en que se requiera
atención quirúrgica, dicha información se hará
con la mejor técnica ansiolítica.
6.- Despedida
Debe ser considerada corno un elemento
importante de la entrevista, y durante ella se
emplearán frases como "todo va muy bien", así
como pequeños mensajes de alta relevancia
sugestiva.
 La buena relación colectiva permite mantener,
en el momento del parto, la seguridad de la
parturienta.
 La comunicación verbal y extraverbal, y dentro
dentro de esta la táctil, transmisora de
seguridad y optimismo, y en los casos en que el
compañero ha sido entrenado en la
psicoprofilaxis, su presencia también.
 El éxito del parto depende muchas veces de la
relación positiva lograda de antemano.
 La relación médico-paciente habitual durante el
embarazo es la de cooperación guiada y a veces
veces la de participación mutua.
RELACION DURANTE EL EMBARAZO, EL PARTO Y EL PUERPERIO
En Venezuela existen seis (6) leyes y dos (2) resoluciones del Ministerio de Salud
que atañen y protegen los derechos de la mujer y madre venezolana en su ambiente
laboral.
 Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT)
(Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.076 de fecha 07/05/2012)
 Resolución conjunta del Ministerio de Salud y Ministerio del Trabajo y
Seguridad Social N°271/4754 (Gaceta Oficial N° 38.528 del 22/09/2006)
 Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad
(Gaceta Oficial N° 38.773 del 20/09/2007)
 Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna (Gaceta Oficial N°
38.763 del 06/09/2007)
 Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia (Gaceta Oficial N° 38.647 del 19/03/2007).
 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
(LOPCYMAT) (Gaceta Oficial N° 38.236 del 26/07/2005).
 Reglamento Parcial de la LOPCYMAT (Gaceta Oficial N° 38.596 del
03/01/2007).
 Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (LOPNA) (Gaceta
Oficial N° 5.266 del 02/10/1998).
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS (LOTTT)
(GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA N° 6.076 DE FECHA 07/05/2012)
 Descanso prenatal de seis (6) semanas y
postnatal de veinte (20) semanas. Inamovilidad
laboral de 2 años.

Dos descansos diarios por lactancia, de media
hora cada uno (total 1 hora diaria) si hay un
Centro de Educación Inicial con Sala de
Lactancia en el lugar de trabajo, o de 1 hora y
media cada uno (total 3 horas diarias), en caso
de que no exista.

Los descansos prenatal, postnatal y de lactancia
constituyen un derecho irrenunciable.
La Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, posibilita que la
madre pueda atender con mayor dedicación la crianza de su bebé. Permite:
RESOLUCIÓN CONJUNTA DEL MINISTERIO DE SALUD Y MINISTERIO
DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N°271/4754 (GACETA OFICIAL
N° 38.528 DEL 22/09/2006)
Artículo 2: Extensión del Permiso o
Descanso de Lactancia hasta los 9
meses después del parto. En casos
especiales como trastornos de salud
de mamá o bebé (contemplados en
esta resolución), parto múltiple o si no
se cuenta con un Centro de Educación
Inicial en el lugar de trabajo, será
extendido hasta los 12 meses después
del parto.
LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LAS FAMILIAS, LA MATERNIDAD Y LA
PATERNIDAD (GACETA OFICIAL N° 38.773 DEL 20/09/2007)
Artículo 9: El padre gozará de una
licencia de paternidad de 14 días
después del parto, así podrá
familiarizarse con la lactancia materna
y los cuidados y asistencia del bebé.
Será de 21 días en caso de parto
múltiple y se extenderá hasta 14 días
adicionales en caso de complicaciones
con la salud del recién nacido.
LEY DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LACTANCIA MATERNA
(GACETA OFICIAL N° 38.763 DEL 06/09/2007)
Se basa en las Resoluciones Ministeriales N°
405 y 444 del Ministerio de Salud y
Desarrollo Social (MSDS).
Tiene por objeto: Promover, proteger y
apoyar la lactancia materna como el medio
ideal para la adecuada alimentación de los
niños y niñas a los fines de garantizar su
vida, salud y desarrollo integral. Promueve la
Lactancia Materna Exclusiva hasta los seis
meses de edad y la Lactancia Materna
Óptima (continuada después de los 6 meses
con alimentación complementaria hasta los 2
años).
RESOLUCIONES DEL MINISTERIO DE SALUD
1. Resolución Ministerial N° 405 (Gaceta
Oficial N° 38.002 del 17/08/2004).Tiene por
objeto regular la rotulación de las fórmulas
adaptadas para lactantes y de alimentos
complementarios para lactantes, niños y
niñas pequeñas. Se basa en el Código
Internacional de Comercialización de
Sucedáneos de la Leche Materna (CICSLM).
2. Resolución Ministerial N° 444 (Gaceta Oficial N° 38.032
del 28/09/2004).Tiene por objeto regular, proteger,
promover e impulsar en todos los establecimientos de
salud, la política y la práctica de la lactancia materna como
estrategia para lograr la excelencia de la calidad de vida y
salud, que protege los derechos de los niños, niñas y
madres. Se basa en la Iniciativa Hospital Amigo del Niño
(IHAN) –
OMS/UNICEF.
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA
LIBRE DE VIOLENCIA (GACETA OFICIAL N° 38.647 DEL 19/03/2007).
Artículo 51: se considera como un acto constitutivo
de violencia obstétrica, ejecutado por el personal de
salud, entre otros: Numeral 3. Obstaculizar el apego
precoz del niño o niña con su madre, sin causa
médica justificada, negándole la posibilidad de
cargarlo o cargarla y amamantarlo o amamantarla
inmediatamente al nacer.
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
(LOPCYMAT) (GACETA OFICIAL N° 38.236 DEL 26/07/2005).
REGLAMENTO PARCIAL DE LA LOPCYMAT (GACETA OFICIAL N° 38.596 DEL
03/01/2007).
Artículo 14: La mujer trabajadora durante el
embarazo y hasta un (1) año después del
parto tiene derecho a no realizar tareas que
pongan en riesgo su vida, su salud o
seguridad en el trabajo o bien la salud de
su hijo o hija, sin menoscabo de sus
condiciones de trabajo.
Artículo 15: Durante el embarazo la madre tiene derecho a 1 día o 2
medios días de licencia o permiso remunerado cada mes para atención
médica. Durante el 1° año de vida del bebé, para garantizar su cuidado
y tratamiento, la madre o padre incorporado al trabajo, tiene derecho a
1 día de licencia o permiso remunerado cada mes, para control en
consulta pediátrica
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN AL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
(LOPNA) (GACETA OFICIAL N° 5.266 DEL 02/10/1998).
Artículos del 43 al 46
•1. Derecho a las madres de ser informadas en materia de
educación preventiva en salud general, inmunizaciones,
estimulación temprana al desarrollo infantil, salud sexual y
reproductiva, protección ambiental, nutrición, alimentación,
lactancia materna y registro civil del nacimiento.
•
2. Derecho a proteger la maternidad. Garantizando a todas las
mujeres: servicios y programas de atención gratuitas.
•
3. Protección al Vínculo Materno - Filial. Todos los Centros y
Servicios de Salud deben garantizar el alojamiento conjunto
del recién nacido y su madre, excepto cuando sea necesario
separarlos por razones de salud.
•4. Protección, promoción y apoyo a la lactancia. El Estado, las
instituciones privadas y los empleadores deberán proporcionar las
condiciones adecuadas que permitan la lactancia materna, incluso a los
hijos e hijas de las madres privadas de libertad.
•
5. Obliga a las instituciones privadas y públicas a ofrecer condiciones y
espacios que permitan a las madres amamantar a sus bebés.
GRACIAS

etica en obstetricia ppt. anestesia obstetrica (1).pptx

  • 1.
    Republica Bolivariana deVenezuela Hospital General Universitario Dr. Luis Razetti Postgrado de Anestesiología y Reanimación Barinas, Edo. Barinas. Ponente: Dr. Herrera R. Residente de 2do Año Postgrado de Anestesiología y Reanimación Medicina Legal en Obstetricia Barinas, junio del 2024
  • 2.
    La ética médicaorienta la conducta de los médicos hacia el bien, a buscar lo correcto, lo ideal y la excelencia. La deontología médica establece qué deben y qué no deben hacer los médicos. El Código de Ética y Deontología contiene un conjunto de orientaciones y preceptos cuyo cumplimiento garantiza un ejercicio profesional digno, autónomo e integral de los miembros del Colegio Médico Venezolano, en el marco del respeto a los derechos de los pacientes. Forma parte de la Filosofía, la cual tiene como finalidad determinar cuál debe ser la conducta que debe seguir el ser humano para "realizarse" o alcanzar su propio bien Ética Médica
  • 3.
    "CONCIENCIA MORAL" aptitudpara comprender y distinguir lo que es bueno o malo. Esta conciencia, como toda aptitud humana, debe actualizarse o incentivarse en la relación social. Por esto son tan importantes las enseñanzas que obtenemos del medio social en que vivimos. Si no se activa y conforma con las enseñanzas familiares y/o sociales, esta conciencia se atrofia. VALORES: Los valores son principios que nos permiten orientar orientar nuestro comportamiento en función de realizarnos como personas. Son creencias fundamentales que nos ayudan a preferir, apreciar y elegir unas cosas en lugar de otras. Los valores morales dependan de cada grupo social humano, y son relativos a una época o a un espacio social. Pueden variar sus valoraciones, además de poseer una jerarquía
  • 4.
    Los principios ylos valores éticos son aspiraciones sociales y personales. En lo concerniente a la sociedad, estas aspiraciones máximas son la solidaridad, la libertad y la justicia, y en lo concerniente a la persona, el respeto a la dignidad, la autonomía y la integridad. En el ejercicio profesional de la Medicina, estas aspiraciones se realizan por medio de los preceptos de beneficencia ,que consiste en la búsqueda del bien para el paciente y de no-maleficencia, que consiste en evitar que se produzca cualquier forma de daño o lesión. PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS DE LA MEDICINA
  • 5.
    1. Responsabilidad. Esla necesidad de elegir teniendo presente la consecuencia de nuestros actos. Es así como se habla de la "paternidad responsable", cuando la misma es elegida libremente y se tiene conciencia plena del papel que nos tocará desempeñar frente al nuevo ser del cual somos coautores. 2. Compromiso. Implica cumplir con una "promesa" que libremente le manifestamos a otra persona, por ejemplo a la pareja sexual, como el de compartir con ella todo nuestro ser y no solamente nuestra sexualidad. La promiscuidad, las relaciones sexuales ocasionales, por ejemplo, en las cuales no nos comprometemos como personas, dejan precisamente de ser humanas y contradicen la dignidad de la persona.
  • 6.
    3. Respeto. Significatener presente la libertad, la integridad, el parecer y la dignidad de las personas que resultan de alguna manera afectadas con nuestra conducta. Las violaciones, los acosos sexuales, el aborto, son conductas equivocadas porque van en contra del valor del respeto personal. 4. Dignidad. Es el aprecio a la naturaleza personal o humana. Es ser conscientes de que debemos obrar humanamente priorizando los valores espirituales. 5. Libertad. Es el valor primordial a cumplimentar en un acto humano, para que sea considerado moral. 6. Sinceridad. Entre las partes de una pareja sexual es valioso que exista una abierta y sincera comunicación, de manera que cada una de ellas pueda conocer y respetar los sentimientos, las opiniones y las características personales de la otra. 7. Fidelidad. Proviene del respeto, del compromiso y de la dignidad de la persona.
  • 7.
    DESVIACIONES ÉTICAS DELA SEXUALIDAD Surge de la falta de conciencia moral ,de la dignidad de la persona humana Priorizando valores inferiores, como es la satisfacción del deseo personal y la expresión de su libertad ABORTO Falta de conciencia de la dignidad de otra persona Ausencia de respeto hacia la misma, por la sola satisfacción de un instinto VIOLACIÓ
  • 8.
    Carencia en la valoraciónde la dignidad personal, que se subestima frente a los valores económicos PROSTITUCIÒN SEXUAL Proviene de una insuficiente o nula aceptación del respeto por el propio sexo, y de la responsabilidad que tenemos ante lo brindado a cada uno por la naturaleza. HOMOSEXUALISMO
  • 9.
    CONSENTIMIENTO INFORMADO Se definecomo la conformidad de un enfermo respecto a una modificación de su organismo mediante tratamiento médico quirúrgico, con fin curativo, y efectuado de acuerdo con las normas de las ciencia médicas, cuyos requisitos son: información, comprensión, voluntariedad, voluntariedad, competencia y consentimiento; sin embargo, resulta frecuente observar en la práctica médica actual el empleo de procedimientos diagnósticos y terapéuticos sin cumplir con dichos requisitos. El consentimiento informado constituye una herramienta de extraordinario extraordinario valor en la relación médico-paciente y se ha convertido en un derecho de este último y en un deber de los médicos. El CI debe ser una garantía de la autonomía moral del paciente y no un expediente para eximir una responsabilidad jurídica.
  • 10.
    La Federación Internacionalde Ginecología y Obstetricia (FIGO) define al consentimiento informado como una instancia que se obtiene con libre albedrío, sin amenazas ni incitaciones, tras revelar la paciente una información adecuada y comprensible y con un lenguaje que ella entienda.
  • 11.
    Art. 64° Elmédico debe relacionarse con el paciente en igualdad de condiciones respecto de su condición humana, en forma tal que supere el paternalismo tradicional, lo cual no implica que abdique de su competencia profesional. Art. 65° El médico debe presentarse al paciente en condiciones de ecuanimidad e higiene y tratarlo con lealtad, decoro, corrección, dedicación, cortesía y oportunidad. Art. 66° El médico debe proporcionar al paciente una atención cuidadosa, exhaustiva, completa, tomando el tiempo necesario de acuerdo a la naturaleza del problema clínico. Art. 67° El médico debe indicar sólo exámenes auxiliares, tratamientos o procedimientos que sean de utilidad específica, los cuales deben estar debidamente sustentados. En caso de que el paciente sufriera daño por la intervención deberá ser informado de inmediato. RELACION MÉDICO - PACIENTE
  • 12.
    Art. 68° Elmédico debe explicar al paciente sobre la naturaleza de sus síntomas o su enfermedad, posible o probable, hasta que éste comprenda su situación clínica, ponderando el principio del privilegio terapéutico, por el cual el médico decide las restricciones pertinentes. En caso de incompetencia del paciente, la información debe ser proporcionada a las personas legalmente responsables del mismo. Art. 69° El médico debe rechazar toda solicitud u orden para actuar en contra de la dignidad, autonomía e integridad del paciente, sea que provenga de una persona natural o de una persona jurídica. Art. 70° El médico que atiende a un paciente, ante la posibilidad de un problema clínico que requiera atención especializada, deberá referirlo a la institución de salud o al médico especialista apropiado. Para el efecto, debe enviar un informe clínico donde consten, con la debida reserva, las razones de su transferencia, un resumen de su historia y la conducta seguida por él hasta ese momento.
  • 13.
    Art. 71° Cuandoexista la posibilidad de recuperar la salud del paciente, el médico debe emplear todos los procedimientos y tratamientos a su alcance. No está obligado a utilizar medidas desproporcionadas en casos irrecuperables; en este caso, debe propiciar el empleo de las medidas paliativas que proporcionen al paciente la mejor calidad de vida posible. Art. 72° El médico no debe propiciar el encarnizamiento terapéutico. Ha de entenderse por tal, la adopción de medidas terapéuticas desproporcionadas a la naturaleza del caso. El médico debe propiciar el respeto a las directivas anticipadas del paciente en lo referente al cuidado de su vida. El médico no debe realizar acciones cuyo objetivo directo sea la muerte de la persona. Art. 73° El médico no debe utilizar el acto médico, o los hechos o informaciones que conozca al ejecutarlo, como medio para obtener beneficios en provecho propio o de terceras personas. Art. 74° El médico, cuando el caso lo requiera, debe informarse e interesarse por el entorno familiar del paciente, debiendo solicitarle señale quién o quiénes son las personas responsables para contribuir y decidir acerca de su atención.
  • 14.
    Art. 75° Esdeber del médico tratante informar al paciente que tiene derecho a solicitar una segunda opinión si lo considera conveniente. Art. 76° El médico tratante, si así lo considera, puede proponer al paciente la realización de una interconsulta especializada o la convocatoria de una junta médica para evaluar su caso. Si el paciente acepta su propuesta, el médico quedará eximido de su obligación de reserva respecto del acto médico realizado en todo cuanto suponga brindar a sus colegas información necesaria para dicho fin. Art. 77° El médico responsable que recomiende a médicos o establecimientos de salud de su confianza para efectuar exámenes auxiliares o tratamientos especiales, deberá explicar al paciente las razones de su preferencia y en ningún caso tratara de imponerlos en contra de su voluntad. Art. 78° El médico consultor debe mantener en reserva la información relacionada con la atención del paciente que le hubiere sido proporcionada por el médico tratante o que hubiere podido conocer con motivo de su intervención. Él mismo no debe proponer al paciente hacerse cargo de su atención
  • 15.
    RELACION MEDICO –PACIENTE EN OBSTETRICIA La atención adecuada del embarazo y la prevención de complicaciones durante el parto, son indudablemente los objetivos fundamentales perseguidos por la gestante desde las primeras etapas de su embarazo, pero existe también la necesidad psicológica de establecer una relación interpersonal positiva con el equipo de salud muy especialmente con el médico, como un recurso para incrementar su seguridad y garantizar el apoyo afectivo tan significativo durante el parto.
  • 16.
    1.- Motivo deconsulta Diferentes circunstancias pueden influir en el motivo de consulta y modificar sustancialmente el nivel de ansiedad de la gestante. El médico debe tener muy en cuenta que el desarrollo exitoso de sus relaciones depende del manejo adecuado de la sensibilidad y la demanda de afecto y apoyo implícitas en las situaciones ansiogénicas de la gestante. 2.- Estado afectivo Una valoración esencial del estado afectivo de la gestante se deriva de la consideración de su frecuente actitud hacia el embarazo, ya que existen también molestias derivadas de los cambios vegetativos que este pasando. 3.- Posición de los participantes en la relación Históricamente la gestante ha asumido, por razones determinadas socioculturalmente, un papel totalmente pasivo en la relación con el médico, médico, y su posición categorizable como de dependencia absoluta.
  • 17.
    4.- Dificultades posiblesen la relación con la gestante Aunque la mayoría de los embarazos culmina exitosamente, el médico debe debe prepararse para manejar con madurez la repercusión negativa que sobre su relación con la gestante tienen situaciones como el aborto habitual, la muerte fetal o los accidentes obstétricos. 5.- Comunicación La planificación de la comunicación con la gestante debe aprovechar todas las vías posibles para transmitir seguridad, optimismo, afecto y disponibilidad a la relación de ayuda. Entrenamiento para efectuar con la mayor gentileza las maniobras exploratorias, ya que esto incrementa la seguridad de la gestante al apreciar la preocupación de su médico por evitar producirle cualquier molestia durante su atención.
  • 18.
    1.- Recepción La recepciónafectuosa y respetuosa desempeña un papel importante durante "primera impresión" positiva, que resulta muy importante en las relaciones interpersonales. 2.- Identificación Durante esta etapa se recogerá la procedencia de la gestante, su nivel sociocultural y su ocupación, datos que facilitarán su atención integral. COMPORTAMIENTO MÉDICO EN CADA ETAPA DE LA ENTREVISTA
  • 19.
    3.- Interrogatorio Debe efectuarsesiempre manteniendo las normas éticas habituales en nuestro sistema de salud.  Se explorará si existen conflictos determinantes de ansiedad,  Se investigarán las concepciones personales acerca del embarazo y el parto.  Finalmente, debe investigarse la actitud de la pareja hacia el futuro hijo y sus criterios en lo referente a planificación familiar. Examen físico debe realizarse con la mayor gentileza, teniendo en cuenta la significación ética de respetar el pudor de la gestante y de evitar cualquier maniobra dolorosa. Indicaciones de exámenes complementarios serán siempre argumentadas con el fin de disminuir la ansiedad, pues de otra forma pueden ser punto de partida de preocupaciones
  • 20.
    4.- Información Desempeña unpapel de primerísimo orden en la atención de una gestante. Jamás el equipo de salud puede pasar por alto la orientación a la gestante. 5.- Indicaciones terapéuticas Las prescripciones médicas deben ser siempre argumentadas; en los casos en que se requiera atención quirúrgica, dicha información se hará con la mejor técnica ansiolítica. 6.- Despedida Debe ser considerada corno un elemento importante de la entrevista, y durante ella se emplearán frases como "todo va muy bien", así como pequeños mensajes de alta relevancia sugestiva.
  • 21.
     La buenarelación colectiva permite mantener, en el momento del parto, la seguridad de la parturienta.  La comunicación verbal y extraverbal, y dentro dentro de esta la táctil, transmisora de seguridad y optimismo, y en los casos en que el compañero ha sido entrenado en la psicoprofilaxis, su presencia también.  El éxito del parto depende muchas veces de la relación positiva lograda de antemano.  La relación médico-paciente habitual durante el embarazo es la de cooperación guiada y a veces veces la de participación mutua. RELACION DURANTE EL EMBARAZO, EL PARTO Y EL PUERPERIO
  • 22.
    En Venezuela existenseis (6) leyes y dos (2) resoluciones del Ministerio de Salud que atañen y protegen los derechos de la mujer y madre venezolana en su ambiente laboral.  Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) (Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.076 de fecha 07/05/2012)  Resolución conjunta del Ministerio de Salud y Ministerio del Trabajo y Seguridad Social N°271/4754 (Gaceta Oficial N° 38.528 del 22/09/2006)  Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad (Gaceta Oficial N° 38.773 del 20/09/2007)  Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna (Gaceta Oficial N° 38.763 del 06/09/2007)  Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Gaceta Oficial N° 38.647 del 19/03/2007).  Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) (Gaceta Oficial N° 38.236 del 26/07/2005).  Reglamento Parcial de la LOPCYMAT (Gaceta Oficial N° 38.596 del 03/01/2007).  Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (LOPNA) (Gaceta Oficial N° 5.266 del 02/10/1998).
  • 23.
    LEY ORGÁNICA DELTRABAJO, DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS (LOTTT) (GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA N° 6.076 DE FECHA 07/05/2012)  Descanso prenatal de seis (6) semanas y postnatal de veinte (20) semanas. Inamovilidad laboral de 2 años.  Dos descansos diarios por lactancia, de media hora cada uno (total 1 hora diaria) si hay un Centro de Educación Inicial con Sala de Lactancia en el lugar de trabajo, o de 1 hora y media cada uno (total 3 horas diarias), en caso de que no exista.  Los descansos prenatal, postnatal y de lactancia constituyen un derecho irrenunciable. La Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, posibilita que la madre pueda atender con mayor dedicación la crianza de su bebé. Permite:
  • 24.
    RESOLUCIÓN CONJUNTA DELMINISTERIO DE SALUD Y MINISTERIO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N°271/4754 (GACETA OFICIAL N° 38.528 DEL 22/09/2006) Artículo 2: Extensión del Permiso o Descanso de Lactancia hasta los 9 meses después del parto. En casos especiales como trastornos de salud de mamá o bebé (contemplados en esta resolución), parto múltiple o si no se cuenta con un Centro de Educación Inicial en el lugar de trabajo, será extendido hasta los 12 meses después del parto.
  • 25.
    LEY PARA LAPROTECCIÓN DE LAS FAMILIAS, LA MATERNIDAD Y LA PATERNIDAD (GACETA OFICIAL N° 38.773 DEL 20/09/2007) Artículo 9: El padre gozará de una licencia de paternidad de 14 días después del parto, así podrá familiarizarse con la lactancia materna y los cuidados y asistencia del bebé. Será de 21 días en caso de parto múltiple y se extenderá hasta 14 días adicionales en caso de complicaciones con la salud del recién nacido.
  • 26.
    LEY DE PROMOCIÓNY PROTECCIÓN DE LA LACTANCIA MATERNA (GACETA OFICIAL N° 38.763 DEL 06/09/2007) Se basa en las Resoluciones Ministeriales N° 405 y 444 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS). Tiene por objeto: Promover, proteger y apoyar la lactancia materna como el medio ideal para la adecuada alimentación de los niños y niñas a los fines de garantizar su vida, salud y desarrollo integral. Promueve la Lactancia Materna Exclusiva hasta los seis meses de edad y la Lactancia Materna Óptima (continuada después de los 6 meses con alimentación complementaria hasta los 2 años).
  • 27.
    RESOLUCIONES DEL MINISTERIODE SALUD 1. Resolución Ministerial N° 405 (Gaceta Oficial N° 38.002 del 17/08/2004).Tiene por objeto regular la rotulación de las fórmulas adaptadas para lactantes y de alimentos complementarios para lactantes, niños y niñas pequeñas. Se basa en el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (CICSLM). 2. Resolución Ministerial N° 444 (Gaceta Oficial N° 38.032 del 28/09/2004).Tiene por objeto regular, proteger, promover e impulsar en todos los establecimientos de salud, la política y la práctica de la lactancia materna como estrategia para lograr la excelencia de la calidad de vida y salud, que protege los derechos de los niños, niñas y madres. Se basa en la Iniciativa Hospital Amigo del Niño (IHAN) – OMS/UNICEF.
  • 28.
    LEY ORGÁNICA SOBREEL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA (GACETA OFICIAL N° 38.647 DEL 19/03/2007). Artículo 51: se considera como un acto constitutivo de violencia obstétrica, ejecutado por el personal de salud, entre otros: Numeral 3. Obstaculizar el apego precoz del niño o niña con su madre, sin causa médica justificada, negándole la posibilidad de cargarlo o cargarla y amamantarlo o amamantarla inmediatamente al nacer.
  • 29.
    LEY ORGÁNICA DEPREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT) (GACETA OFICIAL N° 38.236 DEL 26/07/2005). REGLAMENTO PARCIAL DE LA LOPCYMAT (GACETA OFICIAL N° 38.596 DEL 03/01/2007). Artículo 14: La mujer trabajadora durante el embarazo y hasta un (1) año después del parto tiene derecho a no realizar tareas que pongan en riesgo su vida, su salud o seguridad en el trabajo o bien la salud de su hijo o hija, sin menoscabo de sus condiciones de trabajo. Artículo 15: Durante el embarazo la madre tiene derecho a 1 día o 2 medios días de licencia o permiso remunerado cada mes para atención médica. Durante el 1° año de vida del bebé, para garantizar su cuidado y tratamiento, la madre o padre incorporado al trabajo, tiene derecho a 1 día de licencia o permiso remunerado cada mes, para control en consulta pediátrica
  • 30.
    LEY ORGÁNICA DEPROTECCIÓN AL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE (LOPNA) (GACETA OFICIAL N° 5.266 DEL 02/10/1998). Artículos del 43 al 46 •1. Derecho a las madres de ser informadas en materia de educación preventiva en salud general, inmunizaciones, estimulación temprana al desarrollo infantil, salud sexual y reproductiva, protección ambiental, nutrición, alimentación, lactancia materna y registro civil del nacimiento. • 2. Derecho a proteger la maternidad. Garantizando a todas las mujeres: servicios y programas de atención gratuitas. • 3. Protección al Vínculo Materno - Filial. Todos los Centros y Servicios de Salud deben garantizar el alojamiento conjunto del recién nacido y su madre, excepto cuando sea necesario separarlos por razones de salud.
  • 31.
    •4. Protección, promocióny apoyo a la lactancia. El Estado, las instituciones privadas y los empleadores deberán proporcionar las condiciones adecuadas que permitan la lactancia materna, incluso a los hijos e hijas de las madres privadas de libertad. • 5. Obliga a las instituciones privadas y públicas a ofrecer condiciones y espacios que permitan a las madres amamantar a sus bebés.
  • 32.

Notas del editor

  • #24 Artículos del 330 al 346 de dicha ley. Protege a toda mujer trabajadora en su vida familiar, sus condiciones de trabajo, salud, embarazo, maternidad y lactancia. Protege la paternidad. Los niños y niñas menores de 6 años tienen derecho a ser atendidos en Centros de Educación Inicial (con Sala de Lactancia), durante la jornada de trabajo de sus padres; si la madre o el padre trabajan para un patrono que ocupe a más de veinte (20) trabajadores. La madre adoptiva de un infante menor de 3 años tiene permiso maternal de 26 semanas e inamovilidad laboral de 2 años. Si a través del proceso de inducción a la lactancia logra el amamantamiento exclusivo de su bebé, tendrá también derecho a los dos descansos diarios para amamantar. Las madres puedes disponer de sus vacaciones reglamentarias, inmediatamente después del descanso postnatal. Durante el periodo de embarazo y de lactancia, el salario no debe ser diferente al de los demás trabajadores que ejecuten un trabajo igual en el establecimiento donde la madre labora. Licencia de paternidad. Los trabajadores tendrán derecho a un Permiso o Licencia remunerada de 14 días desde el parto y a inamovilidad laboral de 2 años después del parto. Siendo igual en caso de adopción de un infante menor de 3 años.
  • #27 Fomenta el cumplimiento de la Iniciativa Hospital Amigo del Niño (IHAN), OMS/UNICEF. Reglamenta la comercialización y suministro de los sucedáneos de la leche materna.
  • #28 Resoluciones del Ministerio de Salud 1. Resolución Ministerial N° 405 (Gaceta Oficial N° 38.002 del 17/08/2004).Tiene por objeto regular la rotulación de las fórmulas adaptadas para lactantes y de alimentos complementarios para lactantes, niños y niñas pequeñas. Se basa en el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (CICSLM). 2. Resolución Ministerial N° 444 (Gaceta Oficial N° 38.032 del 28/09/2004).Tiene por objeto regular, proteger, promover e impulsar en todos los establecimientos de salud, la política y la práctica de la lactancia materna como estrategia para lograr la excelencia de la calidad de vida y salud, que protege los derechos de los niños, niñas y madres. Se basa en la Iniciativa Hospital Amigo del Niño (IHAN) – OMS/UNICEF. Ambas resoluciones dan origen a la Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna.
  • #30 Artículo 14: La mujer trabajadora durante el embarazo y hasta un (1) año después del parto tiene derecho a no realizar tareas que pongan en riesgo su vida, su salud o seguridad en el trabajo o bien la salud de su hijo o hija, sin menoscabo de sus condiciones de trabajo. Artículo 15: Durante el embarazo la madre tiene derecho a 1 día o 2 medios días de licencia o permiso remunerado cada mes para atención médica. Durante el 1° año de vida del bebé, para garantizar su cuidado y tratamiento, la madre o padre incorporado al trabajo, tiene derecho a 1 día de licencia o permiso remunerado cada mes, para control en consulta pediátrica.