La Organización
Administrativa Estadal
Estudiante: Joselyn Gabriela Montilla Sanchez
CI: 26.700.108
Sección: SAIA 2019/A
Catedra: Derecho Administrativo 1
Profesora: Emily Ramirez
Los Estados como Personas Territoriales
del Derecho Público
Funciones cumple El Gobernador como
jefe del ejecutivo Estadal y agente del
ejecutivo Nacional. Organización del
ejecutivo Estada.
Funciones del Consejo de
Planificación y coordinación de
políticas públicas.
Función del Consejo Legislativo
en ejercicio de la función
administrativa
Las personas o entidades públicas se dividen
en territoriales y no territoriales. En las
primeras, el territorio constituye un elemento
esencial, y sobre él la entidad ejerce ciertos
derechos. Estas entidades juegan un papel
fundamental en la división territorial del
Estado.
En las entidades no territoriales el territorio no
es un elemento esencial; es solamente el
espacio físico donde puede la entidad ejercer
su actividad.
Ahora bien, en el caso del derecho público
venezolano son entidades territoriales:la
República, los Estados y los Municipios,
siendo los Estados los que interesan en el
presente informe.
1. Cumplir y hacer cumplirla Constitución
Leyes dela República, y ejecutar y hacer
ejecutar las órdenes y resoluciones que
reciba del Ejecutivo Nacional
2. Colaborar con el Poder Publico Nacional
en la realización de los fines del estado
venezolano;
3. Coordinar la acción de las diversas
dependencias dela Administración
Publica Nacional, Central o
Descentralizada, que actúen en su
jurisdicción;
4. Participar en los órganos del sistema
nacional de planificación del desarrollo
económico y social;
5. Participar en los órganos del sistema
nacional de regionalización administrativa
y actuar como agente del proceso de
regionalización; y,
6. Cumplir las demás funciones que le
atribuyan las leyes y le encomiende el
Ejecutivo Nacional.
1. Discutir,aprobar y modificar proupesta
del gobernador de conformidad con las
lineas generales aprobadas por el
consejo legislativo estada, en el
mmarco de plan nacional de desarrollo
regional
2. Establcer y mantener la debida
coordinacion y cooperación de los
distintos nibeles de gobierno nacional
estadal y municipal, en lo atinente al
diseño y ejecución de planes de
desarrollo.
3. Evaluar el cumplimiento del plan de
desarrollo
4. Evaluar el cumplimiento del plan de
desarrollo local de acuerdo a loss
planes de desarrollo estadal.
5. Conocer el informe anual de gestion del
gobernador
6. Promover, en materia de planificación
del desarrollo, la realización de
programas de formación, apooyo y
asistencia.
Organizar y promover la participación
ciudadana e implementar los mecanismos
que garanticen la inclusión de las opiniones
que emanen de los diferentes sectores, en el
ejercicio de las funciones propias del órgano
legislativo estadal.
Ejercer funciones de control, seguimiento y
evaluación parlamentaria de los órganos de
la Administración Pública Estatal, en los
términos consagrados en la Constitución de
la República, la Constitución de los estados y
las leyes respectivas.
Recibir para su evaluación el informe anual
del Gobernador sobre su gestión durante el
año inmediato anterior. A tales efectos, el
Consejo Legislativo fijará dentro de los treinta
(30) días siguientes a su instalación anual, la
sesión en la que el ciudadano Gobernador
presentará dicho informe.
Autorizar los créditos adicionales a los
presupuestos estadales.
Aprobar las líneas generales del plan de
desarrollo del estado, que serán presentadas
por el Poder Ejecutivo Regional en el
transcurso del tercer trimestre del primer año
de cada período constitucional.
Solicitar la remoción, destitución o retiro del
Secretario o Secretaria General de Gobierno,
y de los directores generales sectoriales que
con abuso de autoridad,
Referencias
 Material de apoyo SAIA
 Monografias.com
 Lares, Eloy. (2001). Manual de Derecho Administrativo. Caracas:
Universidad Central de Venezuela.

La Organización Administrativa Estadal

  • 1.
    La Organización Administrativa Estadal Estudiante:Joselyn Gabriela Montilla Sanchez CI: 26.700.108 Sección: SAIA 2019/A Catedra: Derecho Administrativo 1 Profesora: Emily Ramirez
  • 2.
    Los Estados comoPersonas Territoriales del Derecho Público Funciones cumple El Gobernador como jefe del ejecutivo Estadal y agente del ejecutivo Nacional. Organización del ejecutivo Estada. Funciones del Consejo de Planificación y coordinación de políticas públicas. Función del Consejo Legislativo en ejercicio de la función administrativa Las personas o entidades públicas se dividen en territoriales y no territoriales. En las primeras, el territorio constituye un elemento esencial, y sobre él la entidad ejerce ciertos derechos. Estas entidades juegan un papel fundamental en la división territorial del Estado. En las entidades no territoriales el territorio no es un elemento esencial; es solamente el espacio físico donde puede la entidad ejercer su actividad. Ahora bien, en el caso del derecho público venezolano son entidades territoriales:la República, los Estados y los Municipios, siendo los Estados los que interesan en el presente informe. 1. Cumplir y hacer cumplirla Constitución Leyes dela República, y ejecutar y hacer ejecutar las órdenes y resoluciones que reciba del Ejecutivo Nacional 2. Colaborar con el Poder Publico Nacional en la realización de los fines del estado venezolano; 3. Coordinar la acción de las diversas dependencias dela Administración Publica Nacional, Central o Descentralizada, que actúen en su jurisdicción; 4. Participar en los órganos del sistema nacional de planificación del desarrollo económico y social; 5. Participar en los órganos del sistema nacional de regionalización administrativa y actuar como agente del proceso de regionalización; y, 6. Cumplir las demás funciones que le atribuyan las leyes y le encomiende el Ejecutivo Nacional. 1. Discutir,aprobar y modificar proupesta del gobernador de conformidad con las lineas generales aprobadas por el consejo legislativo estada, en el mmarco de plan nacional de desarrollo regional 2. Establcer y mantener la debida coordinacion y cooperación de los distintos nibeles de gobierno nacional estadal y municipal, en lo atinente al diseño y ejecución de planes de desarrollo. 3. Evaluar el cumplimiento del plan de desarrollo 4. Evaluar el cumplimiento del plan de desarrollo local de acuerdo a loss planes de desarrollo estadal. 5. Conocer el informe anual de gestion del gobernador 6. Promover, en materia de planificación del desarrollo, la realización de programas de formación, apooyo y asistencia. Organizar y promover la participación ciudadana e implementar los mecanismos que garanticen la inclusión de las opiniones que emanen de los diferentes sectores, en el ejercicio de las funciones propias del órgano legislativo estadal. Ejercer funciones de control, seguimiento y evaluación parlamentaria de los órganos de la Administración Pública Estatal, en los términos consagrados en la Constitución de la República, la Constitución de los estados y las leyes respectivas. Recibir para su evaluación el informe anual del Gobernador sobre su gestión durante el año inmediato anterior. A tales efectos, el Consejo Legislativo fijará dentro de los treinta (30) días siguientes a su instalación anual, la sesión en la que el ciudadano Gobernador presentará dicho informe. Autorizar los créditos adicionales a los presupuestos estadales. Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo del estado, que serán presentadas por el Poder Ejecutivo Regional en el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada período constitucional. Solicitar la remoción, destitución o retiro del Secretario o Secretaria General de Gobierno, y de los directores generales sectoriales que con abuso de autoridad,
  • 3.
    Referencias  Material deapoyo SAIA  Monografias.com  Lares, Eloy. (2001). Manual de Derecho Administrativo. Caracas: Universidad Central de Venezuela.