LA TRANSACCION Concepto;  lo define el art. 2446 del C. civil que señala: “La transacción es un contrato……. un litigio eventual”. Elementos del contrato Debe reunir los requisitos comunes a todo contrato y algunos que le son particulares como: a.- Que exista un derecho dudoso ( de la definición del art. 2446 resulta claro que la transacción requiere la existencia de un derecho dudoso, actualmente controvertido o susceptible de serlo). Este contrato tiende justamente a poner término a la controversia ya producida o impedir que se plantee en el porvenir. De ahí que no es transacción la simple renuncia conforme lo señala el art. 2446 inc. 2º. Así también es nula la transacción conforme el art. 2445 si “al tiempo de celebararse….. tiempo de transigir”.
b .- Mutuas concesiones o sacrificios:  La omite la definición legal, pero es preciso que las partes se hagan mutuas concesiones y realicen sacrificios recíprocos. Cabe señalar que el sacrificio de cada parte se somete no necesariamente debe ser de la misma magnitud o importancia de su contraparte. Características del Contrato de Transacción Es un contrato: a.- consensual, porque no se ha revestido de ninguna formalidad externa, se perfecciona por el sólo consentimiento de las partes. b.- Es bilateral, ello como consecuencia de las recíprocas concesiones que se hacen las partes. c.- Es oneroso puesto que cada parte hace sacrificio en provecho de la otra. De la prestación a que las partes se obliguen dependerá que el contrato sea conmutativo a aleatorio.
Capacidad para transigir El art. 2447 formula la regla al sostener: “No puede.. en la transacción”. Ello dado q e por sus resultados la transacción conduce a una enajenación, es por lo tanto un acto de disposición y así es lógico, que el legislador exija la capacidad necesaria para disponer de los objetos comprendidos en ella. Así no se puede transigir sobre los bienes raíces del pupilo, sin previo decreto de juez,, debiendo someterse la transacción celebrada a la aprobación judicial so pena de nulidad art. 400. En cuanto al poder para transigir conforme al art. 2448 inc. 1º se necesita de poder especial para transigir. Y además es necesario que en el poder se especifiquen los bienes, derechos y acciones sobre que se quiere transigir art. 2448 inc. 2º
Objeto de la Transacción Regla General:  Debe ser comerciable art. 2447 del C. civil. Aplicaciones: a.- Transacción sobre acciones que nacen de un delito; art. 2449, no se puede transigir sobre la acción penal derivada del delito. ( hoy dudoso con los delitos privados y algunos mixtos en su acción). b.- Transacción sobre el estado civil; art. 2450 ( por ejemplo matrimonio o calidad de hijo). c.- Transacción sobre el derecho de alimentos art. 2451 (La disposición es aplicable sólo a los alimentos futuros forzosos). d.- Transacción sobre derechos ajenos o inexistentes; art. 2452 del C. civil.
NULIDAD DE LAS TRANSACCIONES Es nula por las causas que generalmente invalidan los contratos. El código se ha ocupado de la nulidad producida por:  a.-  Dolo y violencia , art. 2453; La nulidad que los vicios de dolo y violencia acarrean es relativa; la frase “nula en todas sus partes” significa solamente que es nula íntegramente la transacción y que no adolecen de nulidad sólo aquellas estipulaciones obtenidas por fuerza o dolo. b.-  Error en el objeto;  art. 2457 se refiere a ella y reproduce la norma del art. 1453. c.-  Error de cálculo;  art. 2458, es un error de carácter material resultado de una inadvertencia o falta de atención de los contratantes. d.-  Error en la persona;  art. 2456, conforme a las reglas generales, el error sobre la persona vicia el consentimiento cuando la consideración sea la causa principal del contrato.
e.-  Transacción celebrada en consideración a un título nulo;  art. 2454 del C. civil. El título para esto efectos, es el acto de que emana el derecho sobre que trasigue y no el documento que lo constata. f.-  Transacción obtenida por títulos falsificados;  art. 2453; esta vez la expresión título designa el documento en que consta el derecho que se transige. g.-  Transacción de un proceso terminado por sentencia firme;  trata esta materia el art. 2455. h.-  Transacción sobre objetos que títulos posteriormente descubiertos demuestran que una de las partes no tenía derecho alguno ; art. 2459 del C. civil.
EFECTOS DE LA TRANSACCION La transacción como todo contrato produce efecto sólo entre las partes, art. 2461 formula esta regla. Consecuencia a.- si son varios los interesados en el negocio sobre el cual se transige, la transacción consentida por uno no aprovecha ni perjudica a los otros art. 2461 inc. 2°. b.- si se transige con el poseedor aparente de un derecho no puede alegarse esta transacción contra la persona a quien verdaderamente compete el derecho art. 2456 inc. 3°. La transacción produce el efecto de cosa juzgada; art. 2460; la transacción es un sustituto del fallo judicial.
Estipulación de una cláusula penal El art. 2463 consigna una norma peculiar a la transacción cuyo cumplimiento se cauciona con una cláusula penal. El art. dispone una regla diversa al art. 1537 al señalar que si se ha estipulado una pena contra el que deja de ejecutar la transacción habrá lugar a la pena, sin perjuicio de llevarse a efecto la transacción en todas sus partes. No hace falta, pues, una estipulación expresa para demandar al mismo tiempo la pena y el cumplimiento de la transacción.

La Transaccion

  • 1.
    LA TRANSACCION Concepto; lo define el art. 2446 del C. civil que señala: “La transacción es un contrato……. un litigio eventual”. Elementos del contrato Debe reunir los requisitos comunes a todo contrato y algunos que le son particulares como: a.- Que exista un derecho dudoso ( de la definición del art. 2446 resulta claro que la transacción requiere la existencia de un derecho dudoso, actualmente controvertido o susceptible de serlo). Este contrato tiende justamente a poner término a la controversia ya producida o impedir que se plantee en el porvenir. De ahí que no es transacción la simple renuncia conforme lo señala el art. 2446 inc. 2º. Así también es nula la transacción conforme el art. 2445 si “al tiempo de celebararse….. tiempo de transigir”.
  • 2.
    b .- Mutuasconcesiones o sacrificios: La omite la definición legal, pero es preciso que las partes se hagan mutuas concesiones y realicen sacrificios recíprocos. Cabe señalar que el sacrificio de cada parte se somete no necesariamente debe ser de la misma magnitud o importancia de su contraparte. Características del Contrato de Transacción Es un contrato: a.- consensual, porque no se ha revestido de ninguna formalidad externa, se perfecciona por el sólo consentimiento de las partes. b.- Es bilateral, ello como consecuencia de las recíprocas concesiones que se hacen las partes. c.- Es oneroso puesto que cada parte hace sacrificio en provecho de la otra. De la prestación a que las partes se obliguen dependerá que el contrato sea conmutativo a aleatorio.
  • 3.
    Capacidad para transigirEl art. 2447 formula la regla al sostener: “No puede.. en la transacción”. Ello dado q e por sus resultados la transacción conduce a una enajenación, es por lo tanto un acto de disposición y así es lógico, que el legislador exija la capacidad necesaria para disponer de los objetos comprendidos en ella. Así no se puede transigir sobre los bienes raíces del pupilo, sin previo decreto de juez,, debiendo someterse la transacción celebrada a la aprobación judicial so pena de nulidad art. 400. En cuanto al poder para transigir conforme al art. 2448 inc. 1º se necesita de poder especial para transigir. Y además es necesario que en el poder se especifiquen los bienes, derechos y acciones sobre que se quiere transigir art. 2448 inc. 2º
  • 4.
    Objeto de laTransacción Regla General: Debe ser comerciable art. 2447 del C. civil. Aplicaciones: a.- Transacción sobre acciones que nacen de un delito; art. 2449, no se puede transigir sobre la acción penal derivada del delito. ( hoy dudoso con los delitos privados y algunos mixtos en su acción). b.- Transacción sobre el estado civil; art. 2450 ( por ejemplo matrimonio o calidad de hijo). c.- Transacción sobre el derecho de alimentos art. 2451 (La disposición es aplicable sólo a los alimentos futuros forzosos). d.- Transacción sobre derechos ajenos o inexistentes; art. 2452 del C. civil.
  • 5.
    NULIDAD DE LASTRANSACCIONES Es nula por las causas que generalmente invalidan los contratos. El código se ha ocupado de la nulidad producida por: a.- Dolo y violencia , art. 2453; La nulidad que los vicios de dolo y violencia acarrean es relativa; la frase “nula en todas sus partes” significa solamente que es nula íntegramente la transacción y que no adolecen de nulidad sólo aquellas estipulaciones obtenidas por fuerza o dolo. b.- Error en el objeto; art. 2457 se refiere a ella y reproduce la norma del art. 1453. c.- Error de cálculo; art. 2458, es un error de carácter material resultado de una inadvertencia o falta de atención de los contratantes. d.- Error en la persona; art. 2456, conforme a las reglas generales, el error sobre la persona vicia el consentimiento cuando la consideración sea la causa principal del contrato.
  • 6.
    e.- Transaccióncelebrada en consideración a un título nulo; art. 2454 del C. civil. El título para esto efectos, es el acto de que emana el derecho sobre que trasigue y no el documento que lo constata. f.- Transacción obtenida por títulos falsificados; art. 2453; esta vez la expresión título designa el documento en que consta el derecho que se transige. g.- Transacción de un proceso terminado por sentencia firme; trata esta materia el art. 2455. h.- Transacción sobre objetos que títulos posteriormente descubiertos demuestran que una de las partes no tenía derecho alguno ; art. 2459 del C. civil.
  • 7.
    EFECTOS DE LATRANSACCION La transacción como todo contrato produce efecto sólo entre las partes, art. 2461 formula esta regla. Consecuencia a.- si son varios los interesados en el negocio sobre el cual se transige, la transacción consentida por uno no aprovecha ni perjudica a los otros art. 2461 inc. 2°. b.- si se transige con el poseedor aparente de un derecho no puede alegarse esta transacción contra la persona a quien verdaderamente compete el derecho art. 2456 inc. 3°. La transacción produce el efecto de cosa juzgada; art. 2460; la transacción es un sustituto del fallo judicial.
  • 8.
    Estipulación de unacláusula penal El art. 2463 consigna una norma peculiar a la transacción cuyo cumplimiento se cauciona con una cláusula penal. El art. dispone una regla diversa al art. 1537 al señalar que si se ha estipulado una pena contra el que deja de ejecutar la transacción habrá lugar a la pena, sin perjuicio de llevarse a efecto la transacción en todas sus partes. No hace falta, pues, una estipulación expresa para demandar al mismo tiempo la pena y el cumplimiento de la transacción.