Es una rama del Derecho mercantil
Definición
Conformada por un conjunto de
normas materiales y procesales
Que facilitan resolver los
problemas de insolvencia
financiera.
Teniendocomo finalidad
Asegurar en lo posible la ocupación y
embargogeneral de todoel patrimoniodel
deudor.
La liquidación del patrimonio todo en
beneficio de todos los acreedores.
Patrimonio como prenda
común de los creedores.
El patrimonio de una persona responde
de sus obligaciones. Principio de
responsabilidad patrimonial
El patrimoniosonaquellosderechosyobligacionesque constituyen
una universalidad jurídica, susceptibles de valoración pecuniaria.
Por algún motivo el patrimonio
carece de medios líquidos para
pagar oportunamente sus
deudas
Declarada la quiebra, Se procede a
liquidar todo el patrimonio en
beneficio de todos los acreedores.
Limitaciones.
Los acreedores no son
todosigualesyhay algunos
de ellos que tienen
derecho a ser pagados
antes que otros, u otros
que puedensepararbienes
del deudor para satisfacer
sus créditos.
Hay bienes a los cuales
el principionose aplica,
porque ellos no están
afectados al
cumplimiento de
ninguna deuda.
Procedimiento Judicial de atraso
conforme lo establece el Código de
Comercio
La solicitud no será admitida si
con ella no presenta el
peticionario sus libros de
comercioregularmente llevados;
su balance comercial, su
inventario, practicado a lo más
treinta días antes, con las
estimacionesprudenciales de su
lista de deudores; un estado
nominativo de sus acreedores,
con indicación de su domicilio y
residencia,ydel montoy calidad
de cada acreencia;supatente de
industria, si la hubiere, y la
opinión favorable a su solicitud
de tres, a lo menos, de sus
acreedores (C.Com art. 899).
Después de verificada la
presentación, dictará las
medidas de vigilancia
necesarias, nombrará un
síndico y una comisión de
tres de los principales
acreedores residentes, de
los que figuren en el
balance del peticionario, y
convocará a unos y otros
por la prensaa una reunión
que debe verificarse en el
octavo día a la hora que se
fije.
Concedida la liquidación
amigable,Lasreglasespeciales
de la liquidación y las
autorizaciones para vender,
deberán ser dados por el
Tribunal (C.Com art. 904).
Durante el tiempo fijado para la
liquidación amigable se
suspenderátodaejecucióncontra
el deudor y no podrá intentarse
ni continuarse ninguna acción de
cobro, (C.Com art. 905).
Durante la liquidaciónamigable
podrá el deudor celebrar con
sus acreedores cualquier otro
arreglo o convenio que le
conceda mayores moratorias
(C.Com art. 906).
Los gastos de liquidación los
hará el deudor(C.Com art. 910).
Improcedente la solicitud de liquidación
amigable, declarará la quiebra y seguirá el
procedimiento de ésta (C.Com art. 911).
Cuando se haya
introducido
contra el deudor
una demanda de
quiebra y él
alegare que se
hallaenestadode
atraso se dispone
en los artículos
933 y 934
Conclusiones
El Derecho concursal es una rama del Derecho mercantil que está
conformada por un conjunto normas sustantivas y procesales que
facilitan resolver los problemas de insolvencia financiera, es decir, que
tienen por objeto la regulación del concurso de acreedores.
De ahí que el Derecho Concursal como conjunto de normas materiales y
procesales que regulan y hacen posible la declaración de proceder a la
ejecución colectiva de todo el patrimonio del deudor en beneficio de
todos sus acreedores, teniendo como finalidad asegurar en la medida de
lo posible la ocupación y embargo general de todo el patrimonio del
deudor, la seguridad de que éste no continuará administrando libremente
y agravando la crisis existente, la liquidación del patrimonio todo en
beneficio de todos los acreedores.
Es de suma importancia este procedimiento tipificado en el Código de
Comercio ya que allí se hace alusión de la diferencia que existe ente la
quiebra y el atraso en el pago de los acreedores, como lo tipifica el
artículo 898 del C.Com.
Artículo 898° El comerciante cuyo activo exceda positivamente de su
pasivo, y que por falta de numerario debido a sucesos imprevistos o
causa de cualquiera otra manera excusable, se vea en la necesidad de
retardar o aplazar sus pagos, será considerado en estado de atraso y
podrá pedir al Tribunal de Comercio competente que le autorice para
proceder a la liquidación amigable de sus negocios, dentro de un plazo
suficiente que no exceda de doce meses; obligándose a no hacer,
mientras se resuelva su solicitud, ninguna operación que no sea de
simple detal.
Acá se toma en cuenta el principio de garantía común de los acreedores,
en el cual se establece que el patrimonio de una persona responde de sus
obligaciones.es por ello que el comerciante está en la obligación de
manifestar ante un tribunal competente la declaración de quiebra o
facultad para solicitar el atraso, siempre tomando en cuenta que el
principio de que el patrimonio es “la prenda o garantía común de los
acreedores” no es absoluto.
Bibliografía
Derecho Concursal: El Derecho Concursal, sus Características e
Importancia saia.uft.edu.ve
Derecho Concursal: El Patrimonio como Prenda Común de los
Acreedores saia.uft.edu.ve
Calvo Baca Emilio (2010), Terminología Jurídica Venezolana, Caracas,
Ediciones Libra c.a
https://www.proquoabogados.com/derecho/mercantil/concursal/
https://www.researchgate.net/publication/330544972_El_patrimonio_de
l_deudor_como_prenda_comun_de_los_acreedores-_El_Peruano
https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/ve/ve029es.pdf

Mapa conceptual docx

  • 1.
    Es una ramadel Derecho mercantil Definición Conformada por un conjunto de normas materiales y procesales Que facilitan resolver los problemas de insolvencia financiera. Teniendocomo finalidad Asegurar en lo posible la ocupación y embargogeneral de todoel patrimoniodel deudor. La liquidación del patrimonio todo en beneficio de todos los acreedores. Patrimonio como prenda común de los creedores. El patrimonio de una persona responde de sus obligaciones. Principio de responsabilidad patrimonial El patrimoniosonaquellosderechosyobligacionesque constituyen una universalidad jurídica, susceptibles de valoración pecuniaria. Por algún motivo el patrimonio carece de medios líquidos para pagar oportunamente sus deudas Declarada la quiebra, Se procede a liquidar todo el patrimonio en beneficio de todos los acreedores. Limitaciones. Los acreedores no son todosigualesyhay algunos de ellos que tienen derecho a ser pagados antes que otros, u otros que puedensepararbienes del deudor para satisfacer sus créditos. Hay bienes a los cuales el principionose aplica, porque ellos no están afectados al cumplimiento de ninguna deuda. Procedimiento Judicial de atraso conforme lo establece el Código de Comercio La solicitud no será admitida si con ella no presenta el peticionario sus libros de comercioregularmente llevados; su balance comercial, su inventario, practicado a lo más treinta días antes, con las estimacionesprudenciales de su lista de deudores; un estado nominativo de sus acreedores, con indicación de su domicilio y residencia,ydel montoy calidad de cada acreencia;supatente de industria, si la hubiere, y la opinión favorable a su solicitud de tres, a lo menos, de sus acreedores (C.Com art. 899). Después de verificada la presentación, dictará las medidas de vigilancia necesarias, nombrará un síndico y una comisión de tres de los principales acreedores residentes, de los que figuren en el balance del peticionario, y convocará a unos y otros por la prensaa una reunión que debe verificarse en el octavo día a la hora que se fije. Concedida la liquidación amigable,Lasreglasespeciales de la liquidación y las autorizaciones para vender, deberán ser dados por el Tribunal (C.Com art. 904). Durante el tiempo fijado para la liquidación amigable se suspenderátodaejecucióncontra el deudor y no podrá intentarse ni continuarse ninguna acción de cobro, (C.Com art. 905). Durante la liquidaciónamigable podrá el deudor celebrar con sus acreedores cualquier otro arreglo o convenio que le conceda mayores moratorias (C.Com art. 906). Los gastos de liquidación los hará el deudor(C.Com art. 910). Improcedente la solicitud de liquidación amigable, declarará la quiebra y seguirá el procedimiento de ésta (C.Com art. 911). Cuando se haya introducido contra el deudor una demanda de quiebra y él alegare que se hallaenestadode atraso se dispone en los artículos 933 y 934
  • 2.
    Conclusiones El Derecho concursales una rama del Derecho mercantil que está conformada por un conjunto normas sustantivas y procesales que facilitan resolver los problemas de insolvencia financiera, es decir, que tienen por objeto la regulación del concurso de acreedores. De ahí que el Derecho Concursal como conjunto de normas materiales y procesales que regulan y hacen posible la declaración de proceder a la ejecución colectiva de todo el patrimonio del deudor en beneficio de todos sus acreedores, teniendo como finalidad asegurar en la medida de lo posible la ocupación y embargo general de todo el patrimonio del deudor, la seguridad de que éste no continuará administrando libremente y agravando la crisis existente, la liquidación del patrimonio todo en beneficio de todos los acreedores. Es de suma importancia este procedimiento tipificado en el Código de Comercio ya que allí se hace alusión de la diferencia que existe ente la quiebra y el atraso en el pago de los acreedores, como lo tipifica el artículo 898 del C.Com. Artículo 898° El comerciante cuyo activo exceda positivamente de su pasivo, y que por falta de numerario debido a sucesos imprevistos o causa de cualquiera otra manera excusable, se vea en la necesidad de retardar o aplazar sus pagos, será considerado en estado de atraso y podrá pedir al Tribunal de Comercio competente que le autorice para proceder a la liquidación amigable de sus negocios, dentro de un plazo suficiente que no exceda de doce meses; obligándose a no hacer, mientras se resuelva su solicitud, ninguna operación que no sea de simple detal. Acá se toma en cuenta el principio de garantía común de los acreedores, en el cual se establece que el patrimonio de una persona responde de sus obligaciones.es por ello que el comerciante está en la obligación de manifestar ante un tribunal competente la declaración de quiebra o facultad para solicitar el atraso, siempre tomando en cuenta que el principio de que el patrimonio es “la prenda o garantía común de los acreedores” no es absoluto. Bibliografía Derecho Concursal: El Derecho Concursal, sus Características e Importancia saia.uft.edu.ve Derecho Concursal: El Patrimonio como Prenda Común de los Acreedores saia.uft.edu.ve Calvo Baca Emilio (2010), Terminología Jurídica Venezolana, Caracas, Ediciones Libra c.a https://www.proquoabogados.com/derecho/mercantil/concursal/ https://www.researchgate.net/publication/330544972_El_patrimonio_de l_deudor_como_prenda_comun_de_los_acreedores-_El_Peruano https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/ve/ve029es.pdf