El documento presenta las pautas de la NIC 18 sobre el reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias. Explica que los ingresos deben reconocerse cuando sea probable que beneficios económicos fluyan a la entidad y puedan medirse con fiabilidad. Detalla que los ingresos por venta de bienes se reconocen cuando se transfieren los riesgos y beneficios de propiedad al comprador, mientras que los ingresos por servicios se reconocen en función del grado de avance de la prestación. Además,