SIC-10
© IASCF 2551
SIC-10
Interpretación SIC-10
Ayudas Gubernamentales—Sin Relación
Específica con Actividades de Operación
Esta versión incluye las modificaciones resultantes de las NIIF emitidas hasta el 17 de enero de
2008.
La SIC-10 Ayudas Gubernamentales—Sin Relación Específica con Actividades de Operación
fue desarrollada por el Comité de Interpretaciones y emitida en julio de 1998.
En abril de 2001 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad decidió que todas las
Normas e Interpretaciones emitidas bajo Constituciones anteriores continuaran siendo aplicables
a menos y hasta que fueran modificadas o retiradas.
La SIC 10 ha sido modificada por la NIC 1 Presentación de Estados Financieros (revisada en
septiembre de 2007).
SIC-10
2552 © IASCF
La Interpretación SIC-10 Ayudas Gubernamentales—Sin Relación Específica con Actividades
de Operación está contenida en el párrafo 3. La SIC-10 viene acompañada de Fundamentos de
las Conclusiones. El alcance y la autoridad de las Interpretaciones se establecen en los párrafos
2 y 7 a 17 del Prólogo a las Normas Internacionales de Información Financiera.
SIC-10
© IASCF 2553
Interpretación SIC-10
Ayudas Gubernamentales—Sin Relación Específica
con Actividades de Operación
Referencias
• NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
• NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre
Ayudas Gubernamentales
Problema
1 En algunos países, las ayudas gubernamentales pueden estar dirigidas al apoyo
genérico, o bien al sostenimiento a largo plazo, de las actividades de una cierta
entidad, o bien de las entidades que pertenezcan a un sector o una región en
particular. En estos casos, las condiciones necesarias para recibir tales ayudas pueden
no estar relacionadas, de forma específica, con las actividades operativas llevadas a
cabo por la entidad. Son ejemplos de tales tipos de ayudas las transferencias de
recursos, por parte de organismos gubernamentales, hacia entidades que:
(a) operan en un sector industrial determinado;
(b) continúan en su actividad en sectores privatizados recientemente; o
(c) comienzan o continúan desarrollando su actividad en áreas menos
desarrolladas.
2 El problema que se plantea es si tales ayudas gubernamentales son “subvenciones del
gobierno”, en función del alcance dado a estos términos en la NIC 20, y por tanto
deben ser contabilizadas de acuerdo con lo establecido en esta Norma.
Acuerdo
3 Las ayudas gubernamentales a las entidades cumplen la definición de subvenciones
del gobierno, dada en la NIC, incluso si no existen, para recibir las mismas,
condiciones específicamente relacionadas con las actividades de operación de la
entidad, distintas de los requisitos de operar en cierta región o dentro de un
determinado sector industrial. Estas ayudas no deberán, por tanto, ser acreditadas
directamente a las participaciones de los accionistas.
Fundamentos de las Conclusiones
4 En el párrafo 03 de la NIC 20, se definen las subvenciones como ayudas procedentes
del sector público en forma de transferencias de recursos, a una entidad, en
contrapartida del cumplimiento, futuro o pasado, de ciertas condiciones relativas a
sus actividades de operación. La exigencia, de tipo general, consistente en operar en
ciertas regiones o sectores industriales, para gozar del derecho a la ayuda estatal,
constituye una de tales condiciones, de acuerdo con el párrafo citado de la NIC 20.
Por tanto, tal tipo de ayuda cae dentro de la definición de subvención del gobierno, de
forma que son perfectamente aplicables las disposiciones contenidas en la NIC 20, en
particular los párrafos 12 y 20, que abordan el procedimiento y calendario para su
reconocimiento como ingreso.
SIC-10
2554 © IASCF
Fecha del acuerdo
Enero de 1998
Fecha de vigencia
Esta Interpretación tendrá vigencia a partir del 1 de agosto de 1998. Los cambios en las políticas
contables deberán contabilizarse de acuerdo con los requerimientos de la NIC 8.

Sic 10

  • 1.
    SIC-10 © IASCF 2551 SIC-10 InterpretaciónSIC-10 Ayudas Gubernamentales—Sin Relación Específica con Actividades de Operación Esta versión incluye las modificaciones resultantes de las NIIF emitidas hasta el 17 de enero de 2008. La SIC-10 Ayudas Gubernamentales—Sin Relación Específica con Actividades de Operación fue desarrollada por el Comité de Interpretaciones y emitida en julio de 1998. En abril de 2001 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad decidió que todas las Normas e Interpretaciones emitidas bajo Constituciones anteriores continuaran siendo aplicables a menos y hasta que fueran modificadas o retiradas. La SIC 10 ha sido modificada por la NIC 1 Presentación de Estados Financieros (revisada en septiembre de 2007).
  • 2.
    SIC-10 2552 © IASCF LaInterpretación SIC-10 Ayudas Gubernamentales—Sin Relación Específica con Actividades de Operación está contenida en el párrafo 3. La SIC-10 viene acompañada de Fundamentos de las Conclusiones. El alcance y la autoridad de las Interpretaciones se establecen en los párrafos 2 y 7 a 17 del Prólogo a las Normas Internacionales de Información Financiera.
  • 3.
    SIC-10 © IASCF 2553 InterpretaciónSIC-10 Ayudas Gubernamentales—Sin Relación Específica con Actividades de Operación Referencias • NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores • NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales Problema 1 En algunos países, las ayudas gubernamentales pueden estar dirigidas al apoyo genérico, o bien al sostenimiento a largo plazo, de las actividades de una cierta entidad, o bien de las entidades que pertenezcan a un sector o una región en particular. En estos casos, las condiciones necesarias para recibir tales ayudas pueden no estar relacionadas, de forma específica, con las actividades operativas llevadas a cabo por la entidad. Son ejemplos de tales tipos de ayudas las transferencias de recursos, por parte de organismos gubernamentales, hacia entidades que: (a) operan en un sector industrial determinado; (b) continúan en su actividad en sectores privatizados recientemente; o (c) comienzan o continúan desarrollando su actividad en áreas menos desarrolladas. 2 El problema que se plantea es si tales ayudas gubernamentales son “subvenciones del gobierno”, en función del alcance dado a estos términos en la NIC 20, y por tanto deben ser contabilizadas de acuerdo con lo establecido en esta Norma. Acuerdo 3 Las ayudas gubernamentales a las entidades cumplen la definición de subvenciones del gobierno, dada en la NIC, incluso si no existen, para recibir las mismas, condiciones específicamente relacionadas con las actividades de operación de la entidad, distintas de los requisitos de operar en cierta región o dentro de un determinado sector industrial. Estas ayudas no deberán, por tanto, ser acreditadas directamente a las participaciones de los accionistas. Fundamentos de las Conclusiones 4 En el párrafo 03 de la NIC 20, se definen las subvenciones como ayudas procedentes del sector público en forma de transferencias de recursos, a una entidad, en contrapartida del cumplimiento, futuro o pasado, de ciertas condiciones relativas a sus actividades de operación. La exigencia, de tipo general, consistente en operar en ciertas regiones o sectores industriales, para gozar del derecho a la ayuda estatal, constituye una de tales condiciones, de acuerdo con el párrafo citado de la NIC 20. Por tanto, tal tipo de ayuda cae dentro de la definición de subvención del gobierno, de forma que son perfectamente aplicables las disposiciones contenidas en la NIC 20, en particular los párrafos 12 y 20, que abordan el procedimiento y calendario para su reconocimiento como ingreso.
  • 4.
    SIC-10 2554 © IASCF Fechadel acuerdo Enero de 1998 Fecha de vigencia Esta Interpretación tendrá vigencia a partir del 1 de agosto de 1998. Los cambios en las políticas contables deberán contabilizarse de acuerdo con los requerimientos de la NIC 8.