La sucesión de empresa no extingue la relación laboral, sino que el nuevo empresario queda subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior. Esto significa que las relaciones laborales continúan en las mismas condiciones existentes en el momento de la transmisión. Sin embargo, el trabajador puede oponerse a la cesión si conlleva cambios en sus condiciones de trabajo que supongan una modificación sustancial en su perjuicio. El convenio colectivo aplicable seguirá siendo el vigente en el momento de