LEY 594 DE 2000
POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTA LA LEY GENERAL DE
ARCHIVOSY SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Ricardo A Becerra A
ARTÍCULO 1 – OBJETO
La presente Ley tiene por objeto establecer las reglas y
principios generales que regulan la función archivística
del Estado.
ARTÍCULO 2 – ÁMBITO DE APLICACIÓN.
La presente Ley comprende a la Administración Pública
en sus diferentes niveles, las entidades privadas que
cumplen funciones públicas y los demás organismos
regulados por la presente Ley.
ARTÍCULO 4 - PRINCIPIOS GENERALES
Fines de los archivos. El objetivo esencial de
los archivos es el de disponer de la
documentación organizada, en tal forma que
la información institucional sea recuperable
para su uso de la Administración en el
servicio al ciudadano y como fuente de la
Historia.
Los Principios Generales que rigen la función archivística son los siguientes
Importancia de los archivos. Los
archivos son importantes para la
Administración y la Cultura, porque
los documentos que los conforman
son imprescindibles para la toma de
decisiones basadas en antecedentes.
Pasada su vigencia, estos
documentos son potencialmente
parte del patrimonio cultural y de la
identidad nacional.
Institucionalidad e instrumentalidad. Los documentos
institucionalizan las decisiones administrativas y los archivos
constituyen una herramienta indispensable para la gestión
administrativa, económica, política y cultural del Estado y la
administración de justicia; son testimonio de los hechos y de
las obras; documentan las personas, los derechos y las
instituciones. Como centros de información institucional
contribuyen a la eficacia, eficiencia y secuencia de las
entidades y agencias del Estado en el servicio al ciudadano.
Responsabilidad. Los servidores
públicos son responsables de la
organización, conservación, uso y
manejo de los documentos.
y salvaguardar el patrimonio documental
como parte integral de la riqueza cultural de
la Nación, cuya protección es obligación del
Estado, según lo dispone el Título I de los
Principios Fundamentales de la Constitución
Política.
Dirección y coordinación de la función archivística. El Archivo
General de la Nación es la entidad del Estado encargada de
orientar y coordinar la función archivística para coadyuvar a la
eficacia de la gestión del Estado
Administración y acceso. Es una obligación del Estado la
administración de los archivos públicos y un derecho de
los ciudadanos el acceso a los mismos, salvo las
excepciones que establezca la Ley.
Racionalidad. Los archivos actúan como elementos
fundamentales de la racionalidad de la administración pública y
como agentes dinamizadores de la acción estatal. Así mismo,
constituyen el referente natural de los procesos informativos de
aquélla.
Modernización. El Estado propugnará por el fortalecimiento de
la infraestructura y la organización de sus sistemas de
información, estableciendo programas eficientes y actualizados
de administración de documentos y archivos.
Función de los archivos. Los
archivos en un Estado de
Derecho cumplen una función
probatoria, garantizadora y
perpetuadora.
Manejo y aprovechamiento de los
archivos. El manejo y aprovechamiento
de los recursos informativos de archivo
responden a la naturaleza de la
administración pública y a los fines del
Estado y de la sociedad, siendo contraria
cualquier otra práctica sustitutiva.
Interpretación. Las disposiciones de la presente Ley y
sus decretos reglamentarios se interpretarán de
conformidad con la Constitución Política y los tratados o
convenios internacionales que sobre la materia celebre el
Estado Colombiano.

Tema 2 ley

  • 1.
    LEY 594 DE2000 POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTA LA LEY GENERAL DE ARCHIVOSY SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES Ricardo A Becerra A
  • 2.
    ARTÍCULO 1 –OBJETO La presente Ley tiene por objeto establecer las reglas y principios generales que regulan la función archivística del Estado.
  • 3.
    ARTÍCULO 2 –ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente Ley comprende a la Administración Pública en sus diferentes niveles, las entidades privadas que cumplen funciones públicas y los demás organismos regulados por la presente Ley.
  • 4.
    ARTÍCULO 4 -PRINCIPIOS GENERALES Fines de los archivos. El objetivo esencial de los archivos es el de disponer de la documentación organizada, en tal forma que la información institucional sea recuperable para su uso de la Administración en el servicio al ciudadano y como fuente de la Historia. Los Principios Generales que rigen la función archivística son los siguientes
  • 5.
    Importancia de losarchivos. Los archivos son importantes para la Administración y la Cultura, porque los documentos que los conforman son imprescindibles para la toma de decisiones basadas en antecedentes. Pasada su vigencia, estos documentos son potencialmente parte del patrimonio cultural y de la identidad nacional.
  • 6.
    Institucionalidad e instrumentalidad.Los documentos institucionalizan las decisiones administrativas y los archivos constituyen una herramienta indispensable para la gestión administrativa, económica, política y cultural del Estado y la administración de justicia; son testimonio de los hechos y de las obras; documentan las personas, los derechos y las instituciones. Como centros de información institucional contribuyen a la eficacia, eficiencia y secuencia de las entidades y agencias del Estado en el servicio al ciudadano.
  • 7.
    Responsabilidad. Los servidores públicosson responsables de la organización, conservación, uso y manejo de los documentos.
  • 8.
    y salvaguardar elpatrimonio documental como parte integral de la riqueza cultural de la Nación, cuya protección es obligación del Estado, según lo dispone el Título I de los Principios Fundamentales de la Constitución Política. Dirección y coordinación de la función archivística. El Archivo General de la Nación es la entidad del Estado encargada de orientar y coordinar la función archivística para coadyuvar a la eficacia de la gestión del Estado
  • 9.
    Administración y acceso.Es una obligación del Estado la administración de los archivos públicos y un derecho de los ciudadanos el acceso a los mismos, salvo las excepciones que establezca la Ley.
  • 10.
    Racionalidad. Los archivosactúan como elementos fundamentales de la racionalidad de la administración pública y como agentes dinamizadores de la acción estatal. Así mismo, constituyen el referente natural de los procesos informativos de aquélla.
  • 11.
    Modernización. El Estadopropugnará por el fortalecimiento de la infraestructura y la organización de sus sistemas de información, estableciendo programas eficientes y actualizados de administración de documentos y archivos.
  • 12.
    Función de losarchivos. Los archivos en un Estado de Derecho cumplen una función probatoria, garantizadora y perpetuadora.
  • 13.
    Manejo y aprovechamientode los archivos. El manejo y aprovechamiento de los recursos informativos de archivo responden a la naturaleza de la administración pública y a los fines del Estado y de la sociedad, siendo contraria cualquier otra práctica sustitutiva.
  • 14.
    Interpretación. Las disposicionesde la presente Ley y sus decretos reglamentarios se interpretarán de conformidad con la Constitución Política y los tratados o convenios internacionales que sobre la materia celebre el Estado Colombiano.